marginación del castellano
Martes 19 de junio de 2012
Un juez de Lleida ha anulado una multa de 2.046 euros a una empresa por estar tramitada únicamente en catalán después de que la empresa multada hubiera recurrido la multa en castellano.
Un magistrado del Juzgado de lo contencioso administrativo de Lleida ha anulado una multa de 2.046 euros a una empresa de un pueblo de Lleida por estar tramitada sólo en catalán, según han confirmado a Europa Press fuentes de Inspección de Trabajo, que aseguran que hay al menos otras dos sentencias similares.
El juez ha enviado el fallo al Defensor del Pueblo para que indague si la Generalitat margina el castellano en este caso en el que la empresa había recurrido la multa en castellano, ha publicado este martes el diario Segre.
En la sentencia, el magistrado precisa que la administración puede utilizar cualquiera de las dos lenguas, pero si el ciudadano se dirige en castellano a la administración, tiene el derecho a que todas las respuesta que le dé o cualquier trámite sea en castellano o se traduzca.
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