Economía

La Comisión acusa al Gobierno de obstaculizar ilegalmente la entrada de E.On

Sus objetivos no eran sólo el suministro

Jueves 17 de abril de 2008
El Tribunal de Justicia de la UE ha celebrado una vista sobre la denuncia del ejecutivo comunitario contra España por la ampliación de competencias de la Comisión Nacional de Energía que permitió a este organismo evaluar las opas sobre Endesa de E.On y Enel y Acciona e imponerles condiciones. El letrado de la Comisión Ramón Vidal Puig recalcó que la norma que el Gobierno aprobó en previsión de los planes de de E.On de entrar en Endesa viola los principios de libertad de establecimiento y libre circulación de capitales.

El abogado de la Unión Europea ha explicado que, al dar más poderes a la CNE, el Gobierno no pretendía asegurar el aprovisionamiento energético sino "atajar el riesgo de 'filialización'" de las empresas españolas, es decir, que el centro de decisión se desplace a otro país. "Pero ese riesgo es inherente al mercado interior", explica, tras lo cual añadió que, para impedir el traslado empresarial hay medidas más adecuadas, como fijar inversiones mínimas o incentivar la actividad y la inversión.

Vuelta de la ilegal “Ley Rato”
La controvertida medida del Gobierno establece un mecanismo de autorización previa en caso de adquisición de una participación de más del 10 por ciento o que conceda capacidad de decisión en empresas españolas que operan en mercados regulados. El abogado hizo hincapié en que esta disposición es equiparable a la "ley Rato". Esta norma, que condicionaba a la autorización gubernamental los derechos de voto en compañías energéticas de empresas públicas extranjeras con más del 3 por ciento del capital, fue declarada ilegal por el Tribunal comunitario en febrero por restringir la libre circulación de capitales.

No había riesgo de suministro
A juicio de Vidal Puig, la nueva función décimo-cuarta de la CNE es aún más restrictiva, porque no condiciona los derechos de voto, sino la simple compra de una participación, y se aplica a cualquier empresa, sea pública o privada. Según el abogado de la UE, el Ejecutivo no ha demostrado que un cambio en la propiedad de parte del capital de una compañía sea "un riesgo tan grave para el suministro energético nacional". Afirmó que, en este ámbito, se toman en consideración objetivos "que van más allá de la seguridad de abastecimiento", lo que se ha demostrado, aseguró, en los casos de E.On y Enel y Acciona. El Gobierno español, concluyó Vidal Puig, pone "trabas y numerosísimas condiciones" a la entrada en el sector energético "siempre que las empresas son extranjeras".

El Gobierno dice que la OPA no fracasó por la CNE
En representación de España, la abogada Nuria Díaz Abad rechazó esta acusación y subrayó que la OPA de E.On quedó sin efecto "porque los accionistas no la aceptaron" no por las trabas que encontró. Lo hizo pese a que lo que se juzga no es el éxito o fracaso de la alemana, sino precisamente las trabas que le puso el Gobierno gracias a las funciones atribuidas a la CNE. Díaz Abad negó que los nuevos poderes de la CNE violen la normativa comunitaria y recalcó que el control previo sólo persigue asegurar el aprovisionamiento energético y salvaguardar la situación patrimonial de las empresas que operan en sectores regulados. "La posibilidad de que el Gobierno analice operaciones en el sector energético debe mantenerse", añadió.

Hizo hincapié en que en Europa "no existe un mercado interior de la energía", a lo que se une la especial posición de España, "una isla energética", debido a sus limitadas conexiones y a que carece de gas. Díaz Abad se esforzó por resaltar las diferencias con la "ley Rato" y subrayó, además, que los dictámenes de la CNE son recurribles, ante el Ministerio de Industria y ante los tribunales.

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