Manuel Sánchez de Diego | Jueves 25 de octubre de 2012
No hace mucho en un centro oficial diserté sobre el derecho de acceso a la información pública y la transparencia de todos los órganos oficiales, entes y empresas que reciben dinero público. Al terminar, un ilustre profesor y amigo que trabaja en el centro se acercó para decirme que no estaba de acuerdo conmigo. Su argumentación fue clara: ¿Crees que cualquiera puede venir a preguntar, por ejemplo, lo que han costado los cafés a los que ha invitado este centro? La respuesta fue también segura y contundente: -Claro que sí.
Pese a que mi respuesta no me ofrecía ninguna duda, la situación sí que me produjo una intranquilidad. Todavía hay gente que no entiende que es el derecho de acceso a la información pública. Tampoco comprende el porqué de este derecho y, no se conciben sus beneficios ni la importancia que tiene para la democracia del siglo XXI.
El derecho de acceso a la información pública es el derecho de cualquier persona. Es irrelevante si se trata de un afectado o interesado en el asunto. No es necesario demostrar que se tiene algún interés especial. Basta con querer saber. Querer saber cualquier información en poder de los poderes públicos. Incluso en algunos países se puede preguntar amparado en el anonimato o en nombres ficticios, por lo que no es extraño que quien pregunte sea Superman o el Pato Donald. Lo esencial es que alguien quiere conocer algo que se encuentra al otro lado de la ventanilla y, tiene derecho a ello.
Tradicionalmente las administraciones públicas españoles han funcionado bajo el principio de reserva. El secreto de la actuación administrativa garantizaría el éxito de la gestión y sólo quebraría cuando es necesario otorgar al afectado el conocimiento del expediente del que es parte. En una fase posterior se otorgaría acceso a la información cuando exista un interés legítimo, aunque no sea parte del expediente. La última fase, la que nos ocupa, es cuando se otorga el derecho de acceso a cualquiera sin necesidad de justificar su interés. El anonimato en la petición sólo viene a reforzar la seguridad de quien pregunta para evitar la posible represalia.
Ese derecho a saber, a acceder a la información pública obligaría a que los poderes públicos proporcionen la información, bien porque se les solicita, bien porque de forma activa la comunican públicamente, fundamentalmente a través de medios electrónicos. Es así como los diferentes organismos públicos adquieren la cualidad de transparentes.
En todo este proceso hay que “cambiar el chip” de los servidores públicos y los políticos. Ya no solo porque las administraciones que funcionan en secreto no son más eficaces, sino porque no es admisible el poder de los funcionarios informados frente a los ciudadanos desinformados. Tenemos unas administraciones formadas en el secreto hasta el punto que se sanciona a los funcionarios que revelan la información que tengan conocimiento por razón de su cargo o función. Sanción que se sigue manteniendo incluso en el proyecto de Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Por el contrario, debería fomentarse y reconocerse la labor positiva de los servidores públicos que revelen asuntos de corrupción o mala gestión pública.
Alguien puede pensar que poco poder otorga el conocer cuánto cobra la empresa encargada de organizar el catering de unos cafés. Sin embargo, es una información valiosa no sólo para posibles empresas dispuestas a competir por el servicio, también para quienes participan en la organización de eventos y, en último caso, porque es una forma de controlar el gasto público: ¿Es admisible cobrar 25 € por persona por dar un café con zumo de naranja y bollos? ¿Serán suficientes 5 €? ¿Qué sobrecoste puede existir si el servicio de cafés se da en un lugar donde es necesario algún control de seguridad?
Quizá alguien se pueda preguntarse ¿por qué tu amigo, el profesor, sabe cuánto cuesta el café y yo no? Pero hay algo más importante, conocer cuánto cuesta el café o, simplemente, que exista la posibilidad de conocer el precio de los cafés va a servir de freno a cualquier sobrecoste, a cualquier pequeña corruptela, a conseguir una gestión pública más eficaz, incluso permitirá la concurrencia de otras ofertas para dar el servicio de cafetería en congresos y jornadas. La información también puede ser valiosa para quien vaya a organiza algún tipo de jornada. Y, en último caso, es bueno que el que se toma el café sepa el precio para apreciar su valor. Por cierto, ¿no se iba a entregar a los usuarios de la sanidad pública la información del coste de su acto médico?
Frases como “y a usted ¿qué le importa?”, “no meta sus narices allí donde no le llamen”, “usted no sabe de esto”, “la situación es tan compleja que no la entendería cualquiera” deben desterrarse de los entes públicos, porque lo ciudadanos no son tan tontos como parecen y tienen derecho a saber. Porque lo público no pertenece a los servidores públicos, ni a los políticos, ya que sus verdaderos titulares son los ciudadanos.
Un auténtico y eficaz derecho de acceso a la información pública supondría una mejor actuación de los entes públicos, pero también es el punto de partida para la participación de los ciudadanos en lo público, bien como suministradores de cafés o consumidores.