Opinión

Quevedo, UPyD y Pere Navarro

David Ortega Gutiérrez | Martes 18 de junio de 2013
En la vida suceden cosas curiosas. Desde que UPyD nació -hace ya casi ocho años-, postula como una de las reformas claves de la Constitución de 1978 la supresión de la injusta disposición adicional primera, que defiende en los siguientes términos la base de lo que hoy es el concierto económico vasco y navarro: “La Constitución ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales. La actualización general de dicho régimen foral se llevará a cabo, en su caso, en el marco de la Constitución y de los Estatutos de Autonomía”. Incluso Gorka Maneiro, su diputado autonómico en el Parlamento vasco, ha logrado su escaño -además por dos veces-, defendiendo dicha supresión, que por lo visto una parte del electorado vasco comparte, a pesar de perder ese privilegio.

Sin embargo, parece que ahora todo el mundo se entera de esa iniciativa cuando Pere Navarro (PSC) se suma a ella y dice lo que es de puro sentido común, que hay que suprimirla porque es un privilegio inadmisible en pleno siglo XXI y en una España democrática. Analicemos algunas cuestiones interesantes relacionadas con este tema.

Hay que recordar que en la Transición política la generosidad con el nacionalismo fue un elemento importante para ese delicado tiempo, en el que pasábamos de una dictadura a una democracia. Así, efectivamente, la Constitución consagró unos derechos históricos -de mediados del siglo XIX- de ambos territorios forales (País vasco y Navarra). Su resultado es que los vascos y navarros disfrutan de un concierto económico que les beneficia sustancialmente en un claro agravio comparativo con el resto de los españoles. Es verdad que son derechos históricos consagrados en la Constitución, pero no es menos cierto que es un privilegio decimonónico que en una democracia del siglo XXI, basada en la igualdad y la justicia como valores esenciales de nuestro Estado democrático (artículo 1.1 CE), no se sostienen. Y menos a la luz del principio de solidaridad que la Constitución recoge en el artículo 2 dedicado a la España de las Autonomías. Se podría incluso hablar de una inconstitucionalidad interna dentro de la propia Constitución entre la disposición adicional primera y el artículo 1 y 2, sin olvidar el artículo 138.2 que prohíbe los privilegios económicos o sociales en materia de regímenes autonómicos.

En Alemania tenemos un ejemplo similar o parecido en el que se ha dado esa evolución sensata de superar privilegios decimonónicos. El nacimiento del Estado alemán se dio bajo el amparo normativo de la Carta Imperial de Bismarck de 1871. En ella, algunos Länder del Sur mantenían ciertos privilegios que, algunas décadas después, con la más moderna Constitución de Weimar de 1919 desaparecen por su falta de sentido democrático e igualitario. Creo que debiéramos de imitar la prudente evolución realizada por los alemanes en esta materia.

Realmente parece inadmisible que dos de las Comunidades Autónomas más ricas aporten menos, pese a recibir entre un 40-60% más, desde la perspectiva de la financiación autonómica. Concretamente el País Vasco disfruta de una financiación por habitante superior en un 60% a la media de las Comunidades de régimen común. Al igual que tampoco es de recibo que no contribuyan al sistema de nivelación interregional. Y ante esta realidad tenemos que escuchar perversiones del lenguaje como las realizadas por el portavoz del Partido Popular, Alfonso Alonso, realmente increíbles, diciendo que el concierto económico vasco y navarro es una: “forma de lealtad y cooperación, que no implica ningún privilegio” y lo más alucinante, que es “otra forma de participar en la solidaridad”. Evidente, no participando.

Decía Quevedo en frase magistral: “Y no siendo de mi gusto, no es justo”. Dicho en otras palabras, habría que recordar a los que no defienden la justicia y la igualdad, que en la vida ni todo lo que te beneficia es justo, ni todo lo que te perjudica, injusto.

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