EL CONFLICTO ES SI SU NOMBRAMIENTO ES UN DESARROLLO DE LA LEY DE CONSULTAS
Efe | Lunes 06 de octubre de 2014
Por el incumplimiento de la Generalidad de la suspensión de los actos.
El Abogado del Estado ha impugnado ante el Tribunal Constitucional el decreto de nombramiento de los miembros de la comisión de control de consultas catalana (junta electoral), firmado el pasado 2 de octubre por el presidente de la Generalitat, Artur Mas, en relación con la convocatoria soberanista del 9N.
El tribunal deberá dar ahora traslado a las partes personadas en el recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Consultas para que informen sobre la petición de nulidad hecha por el Ejecutivo central, es decir, pedirá sus alegaciones al Parlameto catalán y a la propia Generalitat.
El conflicto se plantea en torno a si los nombramientos realizados por Mas suponen un desarrollo de la Ley de Consultas, suspendida cautelarmente por el Tribunal Constitucional (TC) junto al decreto de convocatoria del referendo soberanista previsto para el 9 de noviembre.
Los magistrados del tribunal de garantías deberán ahora conocer el escrito y, después de escuchar a las partes, resolver sobre el asunto en reunión del pleno, por lo que la resolución no será en ningún caso inmediata, según fuentes del alto tribunal.
Por otra parte, el Constitucional no ha recibido a última hora de la mañana de este lunes las recusaciones contra el presidente, Francisco Pérez de los Cobos, y el magistrado Pedro González-Trevijano, que ha anunciado el Parlamento catalán.
El decreto impugnado efectúa los nombramientos de los miembros de la comisión de control de las consultas populares no refrendarias en consonancia con el acuerdo de designación aprobado por el pleno de la Cámara, sin los votos de PPC, PSC y Ciutadans.
La comisión de control de las consultas es un órgano equivalente a una junta electoral pensado para supervisar este tipo de referendos que puedan ser convocados y no únicamente el del 9N, y la forman siete juristas y politólogos.