XVI Congreso Nacional del PP
Martes 17 de junio de 2008
Enmienda al conjunto del texto del epígrafe I. Introducción
La totalidad del texto del epígrafe I debe ser sustituida por la redacción siguiente:
1. España se enfrenta a nuevos y difíciles desafíos en los próximos años y el Partido Popular ha de responder a ellos, como formación política de ámbito y vocación nacionales, fortaleciendo las instituciones democráticas y, por lo tanto, contribuyendo a la revitalización de la propia sociedad española, para garantizar la unidad y continuidad de la Nación en paz, libertad y prosperidad.
2. A tal fin, el Partido Popular manifiesta en esta ponencia política los principios y valores que conforman su ideario, así como las orientaciones fundamentales que inspirarán su acción política.
3. Los treinta años transcurridos desde la Transición democrática han sido en conjunto muy fecundos para la convivencia en democracia y para la prosperidad de la sociedad española. Sin embargo, durante este periodo, y muy especialmente durante la pasada legislatura, se ha producido un agravamiento gradual del problema histórico que representan los nacionalismos para el mantenimiento de la unidad de España, y han aparecido innegables fisuras en la cohesión nacional. Asimismo, instituciones esenciales, como el Parlamento nacional o la Justicia (incluido el Tribunal Constitucional) han perdido eficacia y credibilidad ante los ciudadanos.
4. En la última legislatura, por otro lado, se han erosionado gravemente algunos de los fundamentos de la reconciliación política que permitió establecer con un amplio apoyo popular el pacto constitucional de 1978, por el que se consagró la devolución al pueblo español de la soberanía nacional y el pleno restablecimiento de las instituciones democráticas en el marco de la Monarquía parlamentaria.
5. En estas circunstancias, el Partido Popular asume como propia la defensa de la Constitución de 1978 y, en particular, de sus principios y decisiones fundamentales: unidad y soberanía nacionales, Estado social y democrático de Derecho, Monarquía parlamentaria con separación de poderes y descentralización territorial del poder político en el marco de la unidad del Estado nacional. Con el fin de revitalizarlos y darles un nuevo impulso propone la reforma de aquellos aspectos que se han debilitado o desvirtuado, sobre todo en la pasada legislatura, de manera contraria a la voluntad del Constituyente y al espíritu de la propia Constitución.
6. La reforma parcial de la Constitución estaría, pues, al servicio del reforzamiento de sus principios y decisiones fundamentales y expresaría su vitalidad y su vigencia. El Partido Popular, en consecuencia, propondrá a las demás fuerzas políticas de ámbito y vocación nacionales tanto esa reforma constitucional parcial como el simultáneo fortalecimiento de nuestro armazón institucional. Esto sólo podrá llevarse a cabo mediante pactos parlamentarios o, si fuera preciso, mediante coaliciones de gobierno, entre las fuerzas políticas dispuestas a acometer esas reformas.
7. En cualquier caso, la soberanía del pueblo español, como conjunto de ciudadanos libres e iguales en derechos y libertades en el marco de un sólido Estado de Derecho, y la unidad de la Nación española, como sujeto histórico-político, son y deben seguir siendo los primeros fundamentos de la Constitución. No caben, por ello, dentro del orden constitucional español otros sujetos históricos que tengan la consideración de naciones, comunidades nacionales o entidades similares, o de los que se predique que poseen identidad nacional. Creemos indispensable restablecer con claridad la supremacía de este principio -hoy seriamente amenazado- en el seno de nuestro ordenamiento jurídico.
8. La Nación española, como realidad histórica y cultural, tiene su raíz plural en los Reinos cristianos medievales, pero se basa ante todo en la herencia de la Hispania romana y visigoda común a todos ellos y en la unidad política establecida desde hace quinientos años por la integración de esos Reinos en la Monarquía de España, mediante la unión de las Coronas de Castilla y Aragón y el Reino de Navarra. Esta unión quedó definitivamente consolidada a partir de 1516, con la llegada al trono de Carlos I. Tres siglos después, en la Guerra de la Independencia, la Nación adquirió como tal plena conciencia de su soberanía, proclamándola por vez primera en la Constitución de 1812.
9. La pluralidad en la formación histórica de España, así como la diversidad de lenguas y tradiciones culturales, son, por tanto, elementos constitutivos de la propia unidad nacional española. La enriquecen, pues, sin merma de los factores culturales y sociales unificadores basados en una larga historia compartida, entre los que se encuentra de manera destacada el castellano, como lengua española común.
10. La configuración del Estado autonómico, dentro de la unidad de la Nación española, se fundamenta precisamente en esa pluralidad y diversidad. La autonomía, sin embargo, no es ni puede convertirse en soberanía. Tampoco puede conducir a una disociación o disgregación territorial ni a un debilitamiento del conjunto de España. Sólo puede concebirse, interpretarse y aplicarse sobre la base de la unidad nacional, la cohesión social y cultural y la solidaridad interterritorial, y todo ello con sólidas instituciones generales que lo garanticen. Este es, precisamente, el papel del Estado.
11. Para cumplir mejor este papel propugnamos reformas parciales en instituciones como el Congreso de los Diputados, el Senado, la Administración General del Estado y la Justicia. Es difícil pedir lealtad constitucional a los Poderes públicos autonómicos si las instituciones generales del propio Estado no están a la altura de su misión, con lo que se debilita el Estado de Derecho y el proyecto nacional pierde su atractivo.
12. La reforma y fortalecimiento de las instituciones públicas no puede limitarse a las instituciones generales del Estado. Tiene que alcanzar también a las Comunidades Autónomas y a las Corporaciones locales, si se quiere garantizar más eficazmente los derechos y las libertades de los ciudadanos, así como mejorar sus condiciones de vida y el marco en que desarrollan sus actividades en el nuevo contexto global.
13. La Nación española, como “proyecto sugestivo de vida en común”, tiene también que ofrecer libertad, justicia, seguridad, bienestar, prosperidad y acceso a la educación y a la cultura a todos los ciudadanos españoles y a los inmigrantes que se integren en nuestra sociedad. Las actuaciones de todos los Poderes públicos deben encaminarse a ello. Corresponde, en particular, al Estado garantizar efectivamente las condiciones indispensables para el ejercicio en toda España de los derechos de los ciudadanos y el cumplimiento por parte de los Poderes públicos de sus deberes frente a ellos. Si el proyecto nacional es atractivo, las fuerzas centrífugas pierden su sentido. Si el Estado de Derecho resplandece para orgullo de la Nación, ésta se fortalece y se reafirma.
14. Sólo puede existir una verdadera democracia pluralista con una pujante sociedad civil, la cual, junto a los actores políticos, conforma el espacio público. Por ello, consideramos imprescindible revitalizar las instituciones que son expresión y cauce de la propia sociedad (partidos políticos, sindicatos, agrupaciones empresariales, asociaciones, entidades sin fines de lucro, instituciones religiosas, medios de comunicación) así como reforzar los valores sociales. Este reforzamiento sólo puede alcanzarse mediante una decidida voluntad de mejorar el sistema educativo, de elevar el nivel cultural y de ensalzar las virtudes cívicas, así como el esfuerzo, el trabajo, el mérito, el altruismo y la responsabilidad individuales.
Enmienda al conjunto del texto del epígrafe II Principios y valores del PP.
El actual título de este epígrafe II debe sustituirse por “Valores, principios y orientaciones fundamentales de la acción política del PP”.
Además, la totalidad del texto del epígrafe II debe ser sustituida por la redacción siguiente:
15. El Partido Popular se considera heredero de la tradición reformadora de la sociedad y del Estado que arranca en España del pensamiento ilustrado del siglo XVIII. Esta tradición tuvo acusada expresión en las reformas políticas, jurídicas y económicas propiciadas durante el siglo XIX por las dos grandes corrientes -moderada y progresista- del liberalismo español y en las reformas sociales de inspiración conservadora de comienzos del siglo XX, acentuadas posteriormente por las tendencias políticas inspiradas, por una parte, en el regeneracionismo español y, por otra, en el humanismo cristiano. El ideario político del Partido Popular refleja la síntesis de todas estas corrientes históricas, en la línea de las formaciones políticas surgidas en Europa desde el final de la II Guerra Mundial para representar a los sectores que se identifican a sí mismos en el centro y la derecha moderada, y que contribuyeron decisivamente a la reconstrucción y modernización de las democracias europeas en la postguerra. Estas formaciones también impulsaron de modo determinante el proceso de integración europea para preservar la paz y la libertad de nuestro continente. Hoy se agrupan en la familia de los partidos populares europeos, a la que pertenece el Partido Popular.
16. En la actualidad, el Partido Popular propone a la sociedad española una visión renovada del ideario de estas corrientes históricas desde una posición de centro reformista. Visión que tiene como eje la libertad y que atiende también al logro de un mayor bienestar para todos a través de las adecuadas políticas sociales.
17. Esta visión renovada del liberalismo es compatible con el mantenimiento de postulados procedentes del pensamiento conservador, tales como la reafirmación de la Nación española como sujeto histórico y la indispensable vinculación de la persona con la comunidad política y la sociedad de las que forma parte. También se apoya en los valores esenciales de la tradición cristiana que se encuentran en la base de la civilización occidental, entre los que destacan la dignidad y libertad de la persona y sus derechos inalienables. Además, el Partido Popular comparte plenamente los valores superiores de nuestro Estado social y democrático de Derecho enunciados en el artículo 1 de la Constitución: la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. Estos valores constituyen el núcleo esencial de la democracia liberal.
18. Nuestro pueblo, al igual que otros muchos, ha tenido que recorrer un largo, turbulento y difícil camino durante la Época Contemporánea hasta llegar a consolidar un sistema democrático-liberal. Por ello, debe ser firmemente rechazado cualquier intento de revivir o ahondar los enfrentamientos del pasado o de destruir, dañar o tergiversar la actitud de superación de los rencores nacidos de esos enfrentamientos.
19. España es una antigua y gran Nación, compuesta de ciudadanos libres e iguales en derechos y deberes. Ha participado de modo destacado en la historia del mundo y ha contribuido como pocas a la expansión de la civilización occidental. La continuidad de su existencia histórica es precisamente la garantía de que se podrán mantener y, a ser posible, mejorar la libertad, la igualdad, la justicia, la solidaridad, la seguridad y la prosperidad de cuantos habitan en ella. Por tanto, todos los ciudadanos están invitados a participar en el proyecto colectivo de asegurar la continuidad de la Nación española como comunidad histórica y como base de nuestra democracia y nuestras actuales condiciones de vida.
20. Tras la crisis del modelo autonómico vigente hasta 2006 y los problemas que suscita la configuración y debilidad de las Cámaras legislativas, del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional, hemos de admitir que la defensa de la continuidad de España como proyecto y el reforzamiento de nuestras instituciones y de los valores superiores de nuestro ordenamiento jurídico exigirán a partir de ahora la corrección de las desviaciones de signo confederalizante producidas en la organización territorial del Poder del Estado, así como la reforma y modernización del armazón institucional del Estado democrático y social. Sin esas correcciones y reformas no podrá garantizarse la estabilidad y la viabilidad de nuestro Estado a medio plazo.
21. Es precisa, por lo tanto, una reforma parcial de la Constitución que sea pactada y apoyada, como mínimo, por las dos grandes fuerzas políticas nacionales, el Partido Socialista y el Partido Popular, que representan democráticamente entre ambos a una inmensa mayoría del pueblo español. Cualquier política de alianzas de nuestro Partido con otras fuerzas políticas, tanto en el plano nacional como en el autonómico, se orientará básicamente al objetivo de conseguir la estabilidad y viabilidad del sistema constitucional español conforme a esa propuesta de reforma.
22. La libertad es el primero de los valores de la convivencia democrática. Permite a cada persona vivir de acuerdo con su dignidad esencial y a la sociedad enriquecerse y prosperar, material y espiritualmente, mediante el despliegue de la personalidad de sus miembros, y con respeto siempre de los derechos de los demás. La finalidad de la Constitución es precisamente garantizar la libertad que necesita cada ser humano. El ejercicio de la libertad implica asumir una responsabilidad hacia los demás y las generaciones futuras. Entendemos que la garantía de la libertad, en un entramado de derechos y obligaciones, es el imperio de la ley y el gobierno limitado. La Constitución diseña un amplísimo sistema de libertades y derechos fundamentales, a cuya garantía y expansión deben contribuir todos los Poderes públicos.
23. Las libertades públicas son indivisibles. Cualquier amenaza a una de ellas constituye una amenaza a su conjunto. La defensa de las libertades no puede hacerse de forma selectiva. Como formación política al servicio de la libertad, el Partido Popular cree indispensable velar por la vigencia real de todos los derechos y libertades, porque ninguno de ellos está definitivamente exento de amenazas.
24. La Constitución garantiza la libertad de religión y de culto en el marco de un Estado no confesional. Disponemos de uno de los marcos jurídicos más completos para el libre ejercicio de esta libertad por parte de los individuos y de las comunidades y confesiones religiosas. En él se establece que los Poderes públicos tendrán en consideración las creencias religiosas de la sociedad española y garantizarán el debido respeto a las mismas. Ese marco jurídico, nacido en la misma Transición con el máximo consenso de las fuerzas políticas, debe ser íntegramente preservado.
25. La libertad de expresión goza de la máxima protección jurídica en nuestra Constitución. Pero, como ocurre en todo Occidente, hay fenómenos inquietantes de intolerancia con lamentable pasividad o, incluso, complicidad de las autoridades públicas. Los medios de comunicación tienen un papel crucial para que sea real el ejercicio de la libertad de expresión, y ejercen una función insustituible en la formación de la opinión pública como elemento esencial del régimen democrático. Defendemos, por tanto, su libertad e independencia, que debe preservarse con respeto siempre a los derechos de las personas, de los que son garantes los Tribunales.
26. La justicia es el fundamento moral y material de cualquier sociedad democrática. Sin ella reinan la arbitrariedad y la falta de seguridad, y resultan imposibles la vigencia de la igualdad y la garantía de ejercicio de la libertad. De la justicia se desprende también la exigencia de reparto de los deberes y cargas públicos atendiendo a criterios de capacidad y equidad.
27. La igualdad es, ante todo, la igualdad de los ciudadanos ante la ley. Implica la ausencia de privilegios y discriminaciones por razones de credo, nacimiento, raza, residencia, o cualquier otra circunstancia personal o social. Este valor requiere asimismo la igualdad efectiva de oportunidades para todos y la imposición de los criterios de mérito y capacidad para el acceso a los cargos y funciones públicos.
28. El pluralismo político, consecuencia de la proclamación de la libertad en sus versiones clásicas (libertad religiosa, libertad de pensamiento, libertad de creación intelectual, libertad de expresión, libertad de asociación y libertad de voto y participación política), permite dentro del ordenamiento constitucional la formulación y la defensa de ideas, propuestas y programas políticos, sometiéndose siempre en cuanto a su posible puesta en práctica a la voluntad popular democráticamente expresada.
29. El Partido Popular defiende y seguirá defendiendo el mantenimiento de la Monarquía parlamentaria como forma política del Estado, así como los símbolos del mismo.
30. Defendemos, asimismo, la solidaridad entre todos los ciudadanos y los Poderes públicos territoriales (Estado, Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales). El Partido Popular, en todas y cada una de las Comunidades Autónomas, defiende la unidad de España, la libertad y la igualdad ante la ley de todos los españoles y la cohesión nacional. Y este es un signo característico de su acción política.
31. El Estado es quien garantiza efectivamente la libertad y la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y libertades. Nacer o residir en uno u otro territorio, tener una u otra seña de identidad lingüística, cultural o histórica es una muestra de la diversidad que enriquece a España, pero no puede ni debe comportar discriminación alguna entre españoles.
32. El reforzamiento de la capacidad del Estado para establecer las condiciones básicas que garanticen la igualdad de los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos y deberes y para garantizar el interés general en toda España, tanto desde el punto de vista jurídico, como organizativo y financiero, es uno de los objetivos principales de la acción política del Partido Popular. Si se merma esa capacidad, como sucede en el nuevo Estatuto de Cataluña, se pondrá en serio peligro la viabilidad del propio Estado.
33. Mantenemos como principio esencial que la soberanía nacional reside en el pueblo español, entendido como conjunto de todos los ciudadanos españoles, tal y como proclama el artículo 1.2 de la Constitución de 1978. Ningún territorio ni ninguna parte de la población están legitimados para privar de ese poder de decisión al conjunto de los españoles.
34. España necesita tener una voz potente y clara en el mundo, a cuyo servicio se ponga una decidida mejora de nuestra acción exterior, para desempeñar el papel que nos corresponde por nuestra posición, capacidad y desarrollo, defender nuestros intereses nacionales y proyectar nuestra lengua común y nuestra cultura en su rica diversidad.
35. A partir de nuestras propuestas políticas, el Partido Popular seguirá esforzándose para establecer consensos básicos con las fuerzas políticas de ámbito y vocación nacionales en los grandes asuntos de Estado (lucha contra el terrorismo, política de seguridad y defensa, política exterior, reforma de la Justicia, organización territorial, sistema educativo) además de para la reforma parcial de la Constitución a fin de garantizar la viabilidad y estabilidad del Estado.
36. El Partido Popular quiere devolver a los ciudadanos la confianza plena en las instituciones, y por ello reclama no sólo comportamientos éticamente irreprochables en el ejercicio de las funciones públicas, sino también la reforma y modernización de las propias instituciones para restablecer su prestigio y eficacia.
37. El prestigio de la democracia depende de la ejemplaridad de los comportamientos políticos, por lo que debe llevarse a cabo con urgencia una decidida tarea de regeneración de la vida pública y de máximo reforzamiento de la ética política, con una lucha permanente contra la corrupción.
38. Defendemos también que los Poderes públicos, y en particular el Estado, han de garantizar la igualdad de oportunidades entre las personas, así como el equilibrio social y territorial, mediante políticas que fomenten la cohesión interterritorial, la adecuada ordenación del territorio, la integración social y el acceso de todos a la información, a la educación y a la cultura.
39. El Partido Popular considera un principio esencial de su política la defensa de la libertad de la persona frente a la intromisión de los Poderes públicos. Por ello, propugna la subsidiariedad de la acción pública en la vida económica, social y cultural. Es también contrario al exceso de intervencionismo y a cualquier pretensión de adoctrinamiento, intento de homogeneización social o sustitución por las autoridades de la actuación libre y de la responsabilidad de los ciudadanos. Insiste particularmente en la necesidad de proteger el ejercicio de la libertad individual en los ámbitos en que se prestan servicios públicos, como la enseñanza y la sanidad, dentro del respeto a los derechos de los demás.
Enmienda al conjunto del texto de los apartados 1, 2 y 3 del epígrafe III. España, gran nación de ciudadanos libres e iguales. Modelo de Estado.
La totalidad del texto de los apartados 1, 2 y 3 del epígrafe III debe ser sustituida por la redacción siguiente:
III.1. España, Nación de ciudadanos
40. La Nación española no es una creación artificial surgida de un texto legal. España es una de las naciones más antiguas de Europa, fruto de una multisecular historia, de la que son herederos por igual todos los españoles.
41. Sólo un Estado nacional fuerte y respetado, dentro y fuera de nuestras fronteras, es garantía de libertad y de igualdad para todos los españoles. Este es el primer deber de un partido nacional con vocación de gobierno en España: asegurar los mismos derechos, obligaciones y oportunidades a los ciudadanos, sin permitir diferencias entre ellos, según la parte del territorio español en que residan, que supongan una efectiva y permanente desigualdad.
42. Las tensiones introducidas en la organización territorial del Estado durante la pasada legislatura han dañado los principios de igualdad y solidaridad y quebrado el modelo de financiación autonómica. También han deteriorado seriamente la capacidad de las Cortes Generales para garantizar el interés general, limitando indebidamente sus competencias legislativas, financieras y presupuestarias. Se ha quebrado así el consenso básico sobre el Estado autonómico entre los dos grandes partidos nacionales, y el Gobierno socialista no ha sabido, o no ha querido, evitar que adquirieran una desmedida influencia las fuerzas políticas empeñadas en romper los fundamentos de la convivencia nacional.
43. Existen partidos nacionalistas claramente soberanistas, y en algunos casos manifiestamente antidemocráticos (ANV, PCTV). Todos ellos -y en especial cuando han ejercido funciones de gobierno- han presionado sobre la organización constitucional para conseguir una indefinida apertura de sus ámbitos competenciales y una progresiva relación de bilateralidad con el propio Estado, antesala de la secesión. Con ello se pretende, como en el Estatuto catalán, establecer una especie de cosoberanía, inhabilitando al Estado para ejercer su función al servicio del conjunto de la Nación. En el País Vasco, tras el rechazo por el Congreso de la propuesta de “Estado Libre Asociado” o Plan Ibarretxe, se ha anunciado la convocatoria de un referéndum de autodeterminación para octubre de 2008 sin que el Gobierno haya dado pista alguna de cómo atajará este desafío abiertamente anticonstitucional.
44. Qué es España y cómo se organiza, ha de ser decisión de los españoles. Nadie puede hurtar a los legítimos dueños de la soberanía la capacidad de decidir lo que son o lo que quieren ser en el futuro.
45. Debemos garantizar la existencia de un Estado viable, con capacidad para tutelar nuestros derechos, nuestra igualdad y nuestra solidaridad. Un Estado capaz de vertebrar un proyecto compartido, que aborde las reformas que precisa una realidad cada día más cambiante y diseñar de forma eficaz políticas que respondan al interés general.
46. Es necesario asegurar la estabilidad del modelo constitucional, garantizar la plena vigencia de los valores constitucionales, especialmente el espíritu de acuerdo y la concordia, los principios de unidad, igualdad y solidaridad que enmarcan nuestro Estado de las Autonomías. Por eso nos proponemos introducir reformas que aseguren la viabilidad del Estado preservando los elementos comunes del sistema con respeto escrupuloso al principio constitucional de autonomía de las Comunidades y de los poderes locales.
III.2. Fortalecimiento del Estado a través de la reforma constitucional parcial
47. Proponemos a los españoles y al resto de los partidos políticos una reforma parcial de la Constitución desde la lealtad a los valores del pacto constitucional. Planteamos una reforma de contornos precisos, que mantenga y refuerce los pilares de nuestro sistema. Esta reforma tendrá como ejes básicos: garantizar la estabilidad del Estado de las Autonomías; dotar al Estado de los instrumentos necesarios para garantizar la igualdad de los españoles en derechos, deberes y oportunidades; establecer los mecanismos que aseguren el consenso y reforzar la calidad de nuestra democracia.
48. Para garantizar la estabilidad del Estado de las Autonomías fijaremos un núcleo básico de competencias indelegables por el Estado, así como la capacidad de las Cortes Generales para llevar a cabo reformas que requieren por su naturaleza un tratamiento común en el conjunto del Estado.
49. Tendría también que plantearse una mejora del sistema electoral, que asegura une mejor correspondencia del modelo con las decisiones de los ciudadanos, tanto en lo que afecta a las Cortes Generales como al ámbito municipal. Al mismo tiempo, habría que reformar el Senado y sus relaciones con la Cámara Baja, fortaleciendo su labor de Cámara de representación territorial”.
50. Las competencias exclusivas del Estado a las que se refiere el artículo 149.1 CE se declararán irrenunciables e intransferibles; se eliminará la posibilidad de transferencia de competencias del Estado a las comunidades Autónomas; tan solo será posible la delegación del ejercicio de facultades mediante Ley aprobada por mayoría de dos tercios en el Congreso (150.2). En particular, la política exterior, defensa y seguridad (con coordinación efectiva de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad autonómicos); la ordenación general de la economía, en especial, la garantía de la unidad de mercado; la ordenación general del crédito y la banca y la coordinación de la gestión de crisis, entre otras (artículo 149 y 93 CE). La prevalencia del derecho estatal en las competencias exclusivas (artículo 149.3 CE) es, en este contexto, un principio indiscutible.
51. Se definirá con precisión la competencia legislativa del Estado para acometer reformas que exigen por su naturaleza un tratamiento común en el conjunto del territorio nacional, como es el caso de la propia ordenación territorial, el urbanismo o la inmigración (artículo 194.1 CE).
52. La regulación de la enseñanza de la lengua oficial del Estado será competencia exclusiva de las Cortes Generales a través de una ley orgánica que establecerá las garantías de su enseñanza y uso en todos los grados docentes y académicos en toda España. Esta ley garantizará igualmente el bilingüismo en las Comunidades Autónomas con lengua cooficial.
53. Se garantizará la unidad de la acción exterior del Estado y que la representación internacional del Estado corresponda únicamente al Gobierno de la Nación. La cooperación internacional y la proyección exterior de las Administraciones territoriales deberán sujetarse a la coordinación efectiva del Gobierno de la Nación y se canalizarán, en exclusiva, a través del servicio exterior del Estado. La coordinación de los asuntos y materias que se deciden en la Unión Europea tendrán un procedimiento especial de carácter participativo cuando resulten afectadas las competencias de las Comunidades Autónomas (artículo 93 CE).
54. Se concretará constitucionalmente el objeto y contenido de los Estatutos de Autonomía, así como la actualización de sus procedimientos de reforma (artículo 147 CE).
55. Se revitalizará la autonomía de las Corporaciones Locales, a fin de que se conviertan en el tercer pilar de la Administración territorial por medio de la constitucionalización de la existencia de un Estatuto del Gobierno Local. Una norma de rango orgánico garantizará la relación directa con el Estado (artículo 137 CE).
56. Se elevará a 2/3 la mayoría necesaria en las Cortes Generales para modificar los Estatutos de Autonomía (artículo 81 CE).
57. Se incrementará la mayoría necesaria (3/5) para aprobar las Leyes que regulan los órganos constitucionales del Estado como el Tribunal Constitucional y el Consejo General del Poder Judicial (artículos 81, 122 y 165 CE).
58. Somos una Nación con una gran riqueza lingüística. El castellano o español, nuestra lengua común, es el segundo idioma global más hablado en el mundo.
59. Los españoles tienen derecho a elegir el idioma en el que educar a sus hijos en todas las etapas del sistema educativo y este derecho debe ser garantizado constitucionalmente.
60. La lengua no puede convertirse en un factor de discriminación ni en una barrera cultural para restringir derechos, impedir la movilidad geográfica, o romper la unidad de mercado.
61. Determinadas políticas de imposición lingüística han convertido lo que era un elemento de riqueza cultural, en un factor de discriminación y han transformado en una obligación lo que hasta ahora era un derecho: el conocimiento y uso de una lengua cooficial.
62. Queremos garantizar un bilingüismo equilibrado, con el fin de que la lengua sea un instrumento de libertad al servicio de las personas, un vehículo de entendimiento y no una fuente de desigualdades. Los poderes públicos garantizarán que todos los españoles puedan ejercer este derecho.
63. Estableceremos las medidas necesarias para garantizar el derecho de todos los españoles a usar el castellano y para asegurar que ningún ciudadano sea discriminado por el ejercicio de este derecho.
III. 3. Pactos de Estado.
64. Es evidente que una reforma parcial de la Constitución de 1978 como la que acaba de mencionarse requiere un amplísimo consenso entre los dos grandes partidos nacionales para abordar con éxito su tramitación parlamentaria y proponerla al conjunto de los ciudadanos españoles. Por ello, el Partido Popular, sin perjuicio de estar siempre dispuesto a hablar con el Gobierno para tratar de establecer acuerdos sobre las materias que afectan a la esencia del Estado, considera que es su deber ofrecer de manera permanente un pacto al Partido Socialista para abordar conjuntamente la reforma parcial de la Constitución con el alcance indicado.
65. En consecuencia, la necesidad del consenso político se refuerza aún más, pues no sólo toca conseguirlo a una determinada mayoría parlamentaria, de por sí amplísima, sino a la siguiente. Por ello, debería establecerse un acuerdo previo para estudiar la reforma en esta legislatura entre las fuerzas políticas de ámbito y vocación nacionales. Una vez acordado el contenido de la reforma entre esas fuerzas, se adoptaría parlamentariamente el principio de la reforma y se disolverían las Cortes Generales, coincidiendo con el fin de la legislatura, con el compromiso público de las fuerzas políticas que hubieran establecido ese acuerdo de mantenerlo durante la siguiente, mediante un pacto parlamentario u otras fórmulas adecuadas. En esas elecciones generales el pueblo español podría decidir, por sí mismo y desde el comienzo del proceso, acerca de la reforma propuesta y conceder o no el mandato de llevarla a cabo. La claridad del debate político previo habría sido en este caso absoluta.
66. El proyecto descrito en los apartados anteriores, nucleado en torno a la reforma constitucional parcial, para preservar la Constitución misma, y a la correspondiente agenda política, representa la única alternativa posible frente a la pretensión de transformar la Nación española en una confederación de naciones cuasi-soberanas, paso previo a su definitiva fragmentación. El Partido Popular, en coherencia con sus principios y valores más profundos, tiene el deber moral y político de llamar a todos los españoles a este ambicioso propósito.
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