Viernes 09 de diciembre de 2016
El 38 aniversario de la Constitución esta semana ha vuelto a reactivar el debate sobre su posible reforma. Los nacionalistas la denostan, la izquierda antisistema no le interesa reformarla, sino provocar un proceso constituyente para regresar a la política de constituciones de partido del siglo XIX, y el PSOE, que si quiere reformarla, no se sabe muy bien cómo ni cuánto -posiblemente, también ellos mismos desconocen este particular-.
Con todo, lo que subyace bajo el eufemismo “reforma constitucional” es “Cataluña” -y también “Euskadi”-. Pero el problema de convivencia originado por los nacionalistas -y avivado por las sempiternas inconsistencias del PSOE- no se arregla con un mero cambio normativo. Además, la reforma constitucional en lo referente al modelo de estado tiene un procedimiento muy complejo.
Según el articulo 168, sería necesario contar con la aprobación de dos tercios de las Cámaras y su posterior disolución. Posteriormente, “las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras” y, finalmente, “aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación”: un referéndum que tendría la enorme ventaja -frente a los nacionalistas- de confirmar que el sujeto de soberanía en España es el conjunto del pueblo español, que no sólo de una parte. En todo caso, es evidente que no existe todavía base de consenso para llevar a cabo semejante procedimiento. Así pues, más vale empezar por construirlo, y no sólo para reformar la Carta Magna, sino para gobernar un país que ha estado un año en provisional.