Opinión

La Cátedra Monarquía Parlamentaria

TRIBUNA

Juan José Laborda | Jueves 06 de abril de 2017

Éste es el segundo año que la Cátedra Monarquía parlamentaria está funcionando en la Universidad Rey Juan Carlos, la más reciente universidad pública de Madrid. Fue una idea que tuve cuando, hace unos años, me reuní con varios profesores de esa universidad y ellos me preguntaron cómo podría su universidad tener unos perfiles propios con los que identificarse.

La Universidad tenía el nombre del rey Juan Carlos, y siendo una universidad pública tendría sentido en ella estudiar qué significa la “forma política del Estado”, que es cómo define la Constitución a la Monarquía parlamentaria.

Me animaron a que preparase unos “papeles” que desarrollasen mi idea, acepté el encargo, y también les indiqué entonces que ese proyecto saldría adelante, y yo me comprometería a ponerlo en marcha, siempre que se diesen las condiciones de la máxima independencia.

La independencia académica e intelectual estaba asegurada, en una universidad que se regía por la libertad constitucional de cátedra. Pero estaba el asunto de la financiación del proyecto. Expresé entonces mi criterio de que el proyecto, que finalmente se materializó en la “Cátedra institucional Monarquía parlamentaria”, tendría prohibido recibir dinero público, y ese principio se aplicaría igualmente respecto a la Universidad Rey Juan Carlos. La Cátedra no recibiría ni un euro de su presupuesto y es la Cátedra la que paga a la Universidad por usar sus instalaciones -en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de su campus de Vicálvaro-, por su respaldo institucional y académico y por dirigirnos a su alumnado.

La exigencia radical de independencia intelectual y económica tenía su justificación por tratarse de la institución de la Corona, pero además porque mi proyecto lo pensé justamente en el momento de la abdicación del rey Juan Carlos y la proclamación del rey Felipe VI.

Tuve claro que estudiar científicamente a la Monarquía era defender los valores de la Constitución, y concretamente, a la democracia representativa de nuestras Cámaras parlamentarias. En la “Memoria” que sirvió para crear la Cátedra escribí: “la Monarquía parlamentaria no es un lujo inútil y prescindible de nuestro Estado, sino que se constituye como forma fundamental del mismo, y es clave de bóveda de nuestra pacífica convivencia democrática.”

Además: “La abdicación del Rey Juan Carlos I, y la subsecuente proclamación en las Cortes Generales del Rey Felipe VI, han mostrado que la institución monárquica funciona perfectamente, de acuerdo con las normas del Estado, y con la satisfacción mayoritaria de la opinión pública. Pero la figura del titular de la Corona, como Jefe del Estado, y sus funciones contenidas en el Título II de la Constitución, no se agotan sólo en observar y cumplir las leyes. El artículo 56 de la Norma fundamental enuncia los contenidos de la “auctoritas”, la capacidad moral que tiene el Rey para emitir su opinión sobre asuntos de política estatal: “El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes”.

Y finalmente escribo lo siguiente:

“El inicio del reinado de S.M. Felipe VI es también la ocasión adecuada para realizar la reflexión intelectual sobre el Rey de nuestra Constitución. La Monarquía no forma sólo el vértice de nuestro sistema jurídico-político de gobierno, sino que constituye un modelo avanzado de organización del poder democrático. Modelo perfectible, abierto a las reformas, como lo está la propia Constitución, pero modelo perfecto en cuanto que forma una unidad estructural con los tres apartados del Artículo 1 de la Constitución: Estado democrático, soberanía nacional y Monarquía parlamentaria como forma política.

La Monarquía de la Constitución de 1978 es la expresión del consenso. El consenso fue un método que sirviópara fundar nuestro Estado democrático, con un ordenamiento jurídico que era plenamente homologable con Europa. Pero también tuvo la profundidad del pacto originario o constituyente. La Monarquía parlamentaria es el punto de encuentro de las dos grandes tradiciones políticas españolas: una de ellas, republicana, laica y racionalista; la otra, igualmente legítima, monárquica, confesional e historicista. A ese encuentro se le denomina consenso, constituye el rasgo más definitorio de nuestro sistema constitucional, y supone que siempre deberá estar presente en las reformas de la Constitución, si éstas buscan la perfección del modelo”.

Este pasado mes el rey Felipe VI concedió una audiencia a la Cátedra y a los empresarios que con su ayuda económica hacen posible sus actividades. Representaron a “Barceló Hotels&Resorts”, “Santander Universidades”, “Inditex”, “Técnicas Reunidas”, “Fundación La Caixa”, “Lefebvre El Derecho”, la “Fundación Juan Villar Mir” y a la empresa burgalesa “Grupo Antolín” .

Le leí al rey en su audiencia lo siguiente: “la Monarquía es una forma de Estado que en este momento que vivimos se basa en ideas de futuro: el Rey es un Jefe del Estado que por su autoridad, políticamente neutral, tiene una capacidad superior para promover acuerdos, y además actuando siempre con sumo respeto a la ley y sabiendo cuales son su límites constitucionales.”

Éste es el segundo curso que está funcionando el “Seminario permanente: Monarquía parlamentaria y Estado democrático en España, Europa y América”. En junio empezará un ciclo de conferencias con Enrique Krauze, el gran intelectual mexicano. Si tienen interés, pinchen en Google “Cátedra institucional Monarquía parlamentaria” y verán quéhacemos y con cuántas grandes personalidades contamos para ello.

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