La Junta Electoral Central (JEC) ha ordenado hoy a la Junta Electoral Provincial de Barcelona que abra dos expedientes a TV3 por las coberturas realizadas durante la campaña electoral -una manifestación en Bruselas y un concierto en Barcelona- por vulnerar el principio de neutralidad informativa.
El máximo órgano arbitral electoral ha adoptado esta decisión en sendos acuerdos que resuelven los recursos que, desde diversos puntos de vista, habían presentado la Corporación Catalana de Medios de Comunicación (CCMC) y el Partido Popular contra anteriores decisiones de la Junta de Barcelona.
La Junta Provincial había determinado que la cobertura informativa que TV3 dio a la manifestación independentista celebrada en Bruselas el 7 de diciembre vulneraba los principios de neutralidad exigidos a los medios públicos en período electoral por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).
Considera la JEC que aquella manifestación fue un acto de campaña, al que acudieron varios candidatos de las formaciones independentistas, y que su seguimiento no tuvo el "carácter moderado" que asegura en su recurso TV3, y lo afirma tras haber computado minuciosamente el largo tiempo dedicado a emitir imágenes.
"Los medios de la CCMM no se limitaron a dar información sobre un acto de campaña, sino que hicieron un seguimiento sistemático y continuado durante toda esa jornada sobre el mismo potenciando ampliamente su difusión", subraya el órgano al desestimar el recurso presentado por la entidad informativa pública catalana.
No obstante, la JEC estima parcialmente ese recuso en cuanto a la compensación al PP que había acordado la Junta de Barcelona, porque a falta de un solo día de campaña, "produciría disfunciones respecto a un trato igualitario en relación a otras formaciones electorales".
Como el PP había pedido que se incoara expediente a los responsables de la cobertura, la JEC acepta su requerimiento y ordena a la Junta de Barcelona que actúe en este sentido. También lo hace con respecto al seguimiento televisivo de un concierto "por la libertad de los presos políticos" que tuvo lugar en Barcelona el 2 de diciembre en el programa Telenoticies Vespres.
La Junta Electoral Provincial había entendido que no procedía sancionar a TV3 por ello, pero la JEC admite la petición del PP y estima que sí tiene que hacerlo porque el programa "colaboró de manera clave" en la difusión de un acto "cuya razón de ser consistía primordialmente en producir la máxima incidencia electoral posible".
Así, explica que la emisora amplificó su repercusión "de forma significativa" y argumenta que las "frecuentes imágenes de líderes políticos y candidatos durante el concierto", las entrevistas ofrecidas y las referencias dadas durante la emisión "son reflejo de un tratamiento informativo que no es compatible con el principio de neutralidad informativa" consagrado por la LOREG.
En su reunión de este lunes la Junta Electoral Central ha estimado también otro recurso de RTVE contra un acuerdo de la Junta de Barcelona, que estimó en parte una denuncia de la CUP ante la negativa de TVE de emitir un espacio de propaganda gratuita el 5 de diciembre pasado.
Entiende que "no cabe reprochar a RTVE su actuación" porque la CUP había presentado sus spots fuera del plazo establecido a los partidos para este fin, fijado en 48 horas antes de su emisión, y además la televisión pública estatal hizo una consulta a la Junta Provincial ante las dudas que le suscitaba su contenido -una imagen fija con un lema en favor de los "presos políticos"-.