El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado que el acuerdo pesquero entre la UE y Marruecos no es aplicable al Sáhara Occidental. En estas circunstancias, incluir el territorio del Sáhara Occidental en el ámbito de aplicación del Acuerdo de pesca conculcaría determinadas normas de Derecho Internacional general que son de aplicación a las relaciones de la Unión con el Reino de Marruecos, en especial el principio de libre determinación.
A continuación, el Tribunal de Justicia señala que el Acuerdo de pesca es aplicable a "las aguas bajo soberanía o jurisdicción" del Reino de Marruecos. Pues bien, en virtud de la Convención sobre el Derecho del Mar, las aguas sobre las que el Estado ribereño tiene derecho a ejercer su soberanía o jurisdicción están limitadas a las adyacentes a su territorio y comprendidas en su mar territorial o su zona económica exclusiva. Por tanto, el Tribunal de Justicia declara que, habida cuenta de que el territorio del Sáhara Occidental no forma parte del territorio del Reino de Marruecos, las aguas adyacentes al territorio del Sáhara Occidental no están comprendidas en la zona de pesca marroquí, objeto del Acuerdo de pesca.
Por último, el Tribunal de Justicia aborda el ámbito territorial de aplicación del Protocolo que acompaña al Acuerdo de pesca. Aun cuando dicho Protocolo no contenga ninguna disposición específica sobre el particular, el Tribunal de Justicia señala que varios de sus preceptos usan la expresión "zona de pesca marroquí". Pues bien, esa expresión es idéntica a la que figura en el Acuerdo, que la define como "las aguas bajo soberanía o jurisdicción del Reino de Marruecos". El Tribunal de Justicia deduce de ello que la "zona de pesca marroquí” de que habla el Protocolo no incluye las aguas adyacentes al territorio del Sáhara Occidental.
Por tanto, el Tribunal de Justicia declara que, dado que ni el Acuerdo de pesca ni el Protocolo que lo acompaña son de aplicación a las aguas adyacentes al territorio del Sáhara Occidental, los actos de la Unión que se refieren a su celebración y aplicación "son válidos", concluye la sentencia.
Esta sentencia se refiere a una denuncia planteada con motivo del acuerdo pesquero ante el Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra y País de Gales por Western Sahara Campaign, una organización de voluntariado en el Reino Unido cuyo objetivo es promover el reconocimiento del derecho a la libre determinación del pueblo saharaui.
Según esa organización, las autoridades británicas actúan ilegalmente cuando aplican dicho acuerdo y, concretamente, cuando dan un trato arancelario preferente a los productos originarios del Sáhara Occidental que van certificados como productos originarios del reino de Marruecos. La misma organización puso además en tela de juicio que las autoridades británicas tengan la posibilidad de otorgar licencias para pescar en las aguas adyacentes al Sáhara Occidental.