El Tribunal Constitucional ha propinado este año un par de zascas a los abolicionistas de la escuela diferenciada, esa que agrupa a los alumnos en función de su sexo. El pasado julio ordenó al gobierno de Cantabria revisar el concierto que denegó en 2009 a un colegio del grupo Fomento, pero esta vez sin considerar su pertenencia a dicho modelo educativo (STC 74/2018). Y en abril desestimó un recurso interpuesto por más de cincuenta diputados del partido Socialista contra diversos preceptos de la LOMCE, entre los que se encontraba la presunta inconstitucionalidad de la educación diferenciada por sexos (STC 31/2018).
La cosa ha sentado a cuerno quemao entre los censores de dicha fórmula educativa. En El Mundo, un tribuno especialmente indignado ha sugerido que la Sentencia de julio vulnera la Convención de la Unesco, de 14 de diciembre de 1960, relativa a la “lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza”. Reprobando asimismo, aunque con cierta cautela, que el ponente de dicha sentencia sea un “miembro eminente del Opus Dei”.
No parece que esto último figure como motivo de queja entre los votos particulares de los magistrados discrepantes. Quizá consideran que el apunte es irrelevante. O que manifestarlo resultaría feo y hasta discriminatorio según el artículo 16.2 de nuestra Carta Magna, que advierte: “Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión y creencias”. En cuanto a la referida Convención de la Unesco, es posible que en ambas sentencias la decisión del Tribunal haya tenido en consideración que su artículo segundo dice literalmente:
“En el caso de que el Estado las admita, las situaciones siguientes no serán consideradas como constitutivas de discriminación en el sentido del artículo 1 de la presente Convención”. Siendo la primera de ellas: “a. La creación o el mantenimiento de sistemas o establecimientos de enseñanza separados para los alumnos de sexo masculino y para los de sexo femenino, siempre que esos sistemas o establecimientos ofrezcan facilidades equivalentes de acceso a la enseñanza, dispongan de un personal docente igualmente calificado, así como de locales escolares y de un equipo de igual calidad y permitan seguir los mismos programas de estudio o programas equivalentes”.
La educación separada es una opción pedagógica legítima y está de revival. Países como Alemania, Inglaterra o Estados Unidos vienen ensayándola en colegios públicos porque existe un debate sobre sus eventuales ventajas. Y aunque la educación mixta es un dogma indisputable del pensamiento hegemónico, como sus disidentes también tienen derechos fundamentales, de momento los abolicionistas seguirán chocando con la misma fuente que invocan para prohibirla.
Pero comprendemos la pataleta. Esto es España y resulta intolerable que la razón asista a un puñado de católicos. Huelgan debates. Sobran derechos. La educación y el porvenir son progresistas. Las instituciones deben ser inmediatamente cuantificadas. Urge: “Añadir un quantum de libido a organismos anti-placer, como por ejemplo la UNESCO. Hacer de la UNESCO un ministerio de Cretinización pública para no privarse de lo que ya ha sido hecho. Incluir la loable prostitución folklórica, pero añadir a esa una fuerte energía libidinosa y espiritual. Metamorfosear así ese foco de aburrimiento en verdadera zona erógena bajo los auspicios de san Luis, primer legislador del amor venal”. O como remachó Dalí a los estudiantes de la Sorbona, el 18 de mayo de 1968: “Por donde pasa la revolución cultural debe crecer lo fantástico”. Este es el sacramento de nuestra fe. Lo que Krause ha unido, que no lo separe el hombre.