La ayuda a percibir variará según las emisiones que produzca el coche a comprar. Para ello habrá que tener en cuenta la diferencia entre las etiquetas CERO, ECO y C y las etiquetas energéticas.
Todas ellas se podrán ver incrementadas por 500 euros para quienes ganen menos de 1.500 euros al mes o tengan movilidad reducida.
Además, la tabla de precios varía si el comprador es una pyme, y también si es una gran empresa:
Sí, y no sirve cualquier coche. Será imprescindible entregar un vehículo para su achatarramiento de al menos 10 años de antigüedad y que se encuentre en circulación. Es decir, con la ITV vigente. Además, si el coche a entregar supera los 20 años de antigüedad, se concederán 500 euros extra, como incentivo para exterminar del parque los vehículos más antiguos y contaminantes.
Los vehículos que pueden adquirirse con esta ayuda son: turismos (M1) y vehículos comerciales ligeros de más y de menos de 2.500 kg de MMTA (N1) con etiquetas CERO, ECO o C y, por otro lado, autobuses y vehículos pesados de todas las tecnologías.
También será posible beneficiarse de esta ayuda en caso de querer comprar un coche de segunda mano siempre y cuando la matriculación no sea anterior al 1 de enero de 2020, para ayudar a dar salida al stock de los concesionarios.
El precio del turismo que se quiera comprar no deberá exceder los 35.000 euros (45.000 euros máximo en el caso de beneficiarios con movilidad reducida o si se adquiere un modelo con etiqueta CERO).
Los beneficiarios pueden ser particulares, autónomos, pymes o grandes empresas pero se distinguirá entre personas físicas (que solo obtendrán ayuda para adquirir un vehículo) y personas jurídicas (que podrán beneficiarse en la compra de hasta 30 vehículos).
Estas ayudas están gestionadas por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo de España y estarán disponibles a partir de hoy, 16 de junio. La información se podrá consultar el web del Ministerio.
Sí, el Gobierno incrementará las ayudas 500 euros a aquellas personas con movilidad reducida y a los hogares con ingresos mensuales inferiores a 1.500 euros.
El dinero recibido por el Plan Renove tiene que ser incluido en la renta, es decir, hay que pagar impuestos por ello. Para incluirlo hay que hacerlo como una ganancia patrimonial no derivada de transmisión de elementos patrimoniales, en el resto de salarios y rentas de la base general del IRPF.
Esta ayuda incluso podría provocar que tuvieras que realizar de forma obligatoria la declaración de la renta, ya que se debe hacer así si se reciben ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas de más de 1.000 euros.
Mientras que sí se podrá compatibilizar esta ayuda con descuentos u ofertas del concesionario en cuestión, esta medida no es compatible con la del Plan Moves para la misma adquisición.