Lástima que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, no se haya leído con el debido detenimiento la Constitución Española. Es cierto que se necesitan los tres quintos para reformar algunos de sus artículos. Pero los aspectos más sustanciales del texto constitucional están sujetos al artículo 168, que dice:
“1. Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Título preliminar, al Capítulo segundo, Sección primera del Título I, o al Título II, se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes.
Es decir, para la reforma los aspectos sustanciales del Título preliminar, del Título I y del Título II se necesitan los dos tercios del Congreso de los Diputados, después los dos tercios del Senado. Inmediatamente después, si algún partido los consiguiera, habrá que convocar elecciones generales y se precisarían los dos tercios del nuevo Congreso de los Diputados, los dos tercios del nuevo Senado. Y a continuación, si se alcanzara esa meta, se celebraría un referéndum nacional para que las españolas y los españoles decidan.
Basta añadir que los dos tercios del Congreso de los Diputados suponen 234 escaños y los tres quintos, 210.