El Ayuntamiento de Madrid activa desde el próximo domingo, 1 de enero, una nueva restricción al tráfico rodado más contaminante: los turismos con clasificación ambiental A que no estén empadronados ni abonen el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica en la capital no podrán circular por la M-30.
Las limitaciones afectan a la denominada como Madrid Zona de Bajas Emisiones (regulada en el artículo 21, la disposición transitoria primera y el anexo II de la OMS). Madrid ZBE limita progresivamente, hasta 2025, el tránsito a los turismos más contaminantes por las vías de la ciudad, es decir, aquellos que funcionan con gasolina y fueron matriculados antes del año 2000 y los vehículos diésel previos a 2006.
A continuación se detalla el calendario de implantación de restricciones para los vehículos turismo con clasificación ambiental A de las categorías por criterio de utilización 00 (sin especificar), 02 (familiar) y 33 (todoterreno), que a fecha 1 de enero de 2022 no cumplan los requisitos de encontrarse domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos y figurar de alta en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid, o que habiéndolos cumplido dejen de hacerlo en un momento posterior:
Así, todo el término municipal se convertirá progresivamente en zona de bajas emisiones (Madrid ZBE), conviviendo con las dos ZBE de Especial Protección que están en vigor, Distrito Centro y Plaza Elíptica, que cuentan con unos criterios de acceso más restrictivos.
El Pleno del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado este mes una prórroga anual para los vehículos ligeros de mercancías (menos de 3.500 kilogramos) con clasificación ambiental B para que puedan continuar accediendo a la ZBE Distrito Centro hasta el 31 de diciembre de 2023.