Una magistrada del Tribunal Constitucional, de cuyo nombre no quiero acordarme, ha cometido el error de declarar que “el derecho a la autodeterminación es un tema amplio que llegado el momento habrá que estudiar”.
La Constitución de 1978, aprobada por la inmensa mayoría del pueblo español, es tan democrática que admite, tras las obligadas reformas, el derecho de autodeterminación. La magistrada no tiene que estudiar nada. Basta con que se lea el texto constitucional con detenimiento.
La veintena de artículos cuya reforma habría que proponer para hacer viable la vía a la autodeterminación deben someterse a lo que el 168 exige de forma inequívoca. Los que propugnaran la reforma constitucional que conduce a viabilizar el derecho de autodeterminación tendrán que conseguir el voto favorable de los dos tercios del Congreso de los Diputados y a continuación los dos tercios del Senado. Ganadas esas dos votaciones se celebrarían inmediatamente elecciones generales. Y una vez constituidos el nuevo Congreso y el nuevo Senado, los separatistas tendrán que presentar ante ambas Cámaras la aprobación de las reformas que permitan el derecho de autodeterminación. El nuevo Congreso debe aprobarlas por los dos tercios y el nuevo Senado también por dos tercios. Si los separatistas consiguieran ganar estas votaciones, se convocaría de forma inmediata, referéndum nacional para que todos los españoles, libres e iguales ante la ley, decidan si aprueban o no las reformas propuestas.
No hay que estudiar nada. Está todo previsto en el texto constitucional y concretamente en su artículo 168. Las cautelas establecidas derivan de la realidad nacional de España y de su unidad territorial que se mantiene desde hace 500 años, la cual no se debe, no se puede alterar por la voluntad circunstancial de una simple mayoría.
Si la nueva magistrada del Tribunal Constitucional no quiere seguir metiendo la pata, debe extremar la prudencia y sobre todo dedicarse a la atenta lectura de la Carta Magna española que, aprobada por el pueblo español, mantiene las cautelas necesarias para hacer no imposible, pero si improbable, la autodeterminación de cualquier Autonomía española.