Las infracciones cometidas por los usuarios de patinetes eléctricos en Madrid van en aumento en la misma proporción a la cantidad de este tipo de vehículo de movilidad personal presente en las calles de la capital.
Tanto Policía Municipal como Agentes de Movilidad tienen la obligación de denunciar las infracciones de circulación o estacionamiento de patinetes o ‘segways’ que observen, protegiendo especialmente a los peatones en las aceras.
En general, y salvo que concurran circunstancias de especial peligrosidad o riesgo, el importe de la denuncia es de 60 euros. A los delitos de seguridad vial que habitualmente se cometen a bordo de este tipo de transporte, como conducir bajo la influencia del alcohol, sin permiso de circulación o por provocar lesiones por imprudencia, se suman las infracciones de estacionamiento en aceras, calzadas o espacios públicos.
Está prohibido que los VMP vayan por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano
La Policía Municipal, consciente de que este tipo de delitos a bordo de patinetes eléctricos ha ido en aumento, lanza periódicamente campañas de concienciación tanto para usuarios como para el resto de ciudadanos, quienes deben convivir con la presencia de este tipo de vehículo o, incluso, sortearlos por la calle.
Circular con un patinete eléctrico o con cualquier vehículo de movilidad personal por cualquiera de las vías o espacios en los que tienen prohibida su circulación (aceras, espacios peatonales, carriles bus, carriles multimodales sin usar casco…) es una infracción leve sancionable con multa de circulación de hasta 100 euros. Circular sin la diligencia y precaución necesarias es una infracción leve, sancionable con multa de hasta 100 euros, que se elevará a 200 euros cuando además ponga en peligro la seguridad de los demás usuarios al constituir una infracción grave.
También puede ser denunciado circular con presencia de drogas o tasas de alcohol superiores a las establecidas en la normativa de tráfico. Se sancionará también la circulación en patinetes eléctricos con auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. No obstante, la Ordenanza de Movilidad Sostenible prevé como salvedad la utilización de cascos protectores dotados de dispositivos de comunicación homologados para tal fin, y siempre y cuando se lleve a cabo un uso responsable y en condiciones de seguridad.
La velocidad de estos vehículos deberá estar entre 6 y 25 km/h
El uso del casco protector siempre es recomendable, y además es obligatorio para los menores de 18 años, en la circulación por carriles multimodales (con independencia de la edad) y en la circulación para el ejercicio de actividades económicas. No usarlo cuando sea obligatorio es un motivo de denuncia. El uso de un patinete eléctrico o cualquier otro vehículo de movilidad personal por un menor de 15 años es una infracción leve.
Los patinetes eléctricos deben llevar timbre, luces y elementos reflectantes. No llevar las luces delantera y trasera o llevarlos y no hacer uso de los mimos en los términos establecidos por el Reglamento General de Circulación es una infracción leve.
Además, los patinetes eléctricos indebidamente estacionados, especialmente cuando se dejan sobre la acera afectando a un paso de peatones, al acceso a una parada de autobús, a una plaza reservada para persona con movilidad reducida, o al tránsito peatonal podrán ser retirados por la grúa municipal y al importe de la multa se unirá el coste del servicio de retirada y depósito.
Conforme al Reglamento General de Vehículos los VMP son aquellos vehículos de una o más ruedas, dotados de una única plaza, propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h, y que sólo pueden disponer de asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado.
El director general de Tráfico, Pero Navarro, se pronunció la semana pasada sobre el uso del patinete eléctrico, "una realidad -ha dicho- que vamos a gestionar y estamos gestionando", pero ha afirmado rotundo: "La Dirección General de Tráfico (DGT) no va a promocionarlo".
"La bicicleta tiene una rueda grande, y el otro (el patinete) tiene una rueda pequeña, y les aseguro que en seguridad vial la diferencia se nota, entre otras razones, porque en la bicicleta vas sentado y en el otro vas de pie: en una vas pedaleando, lo cual te da equilibrio, y en la otra vas como vas", ha señalado.
Navarro ha recordado que se han adoptado medidas respecto al patinete como la prohibición de circular por carretera y por las aceras o no superar una velocidad máxima de 25 km/h. Además, ya se está trabajando en "el siguiente paso", que será la obligatoriedad del casco y del seguro y la edad mínima de 16 años para poder usarlo.