Miembros de Junts, ERC y PSOE celebran estos días que la nueva ley de amnistía que ha pasado el visto bueno de la Comisión de Justicia del Congreso cubre "a todas las personas vinculadas al procés". Sin embargo, expertos jurídicos consultados por EL IMPARCIAL remarcan que la situación del expresidente catalán quedaría temporalmente en un limbo jurídico.
La clave: la imputación por terrorismo abierta a Puigdemont por el Tribunal Supremo. El temor de Junts a la investigación por terrorismo a Tsunami Democràtic desde la Audiencia Nacional era el principal motivo por el que Junts votó en contra la primera vez que se sometió la ley de amnistía a votación en el Congreso en enero. Temían que su líder no estuviera cubierto por el texto, como así ocurrió cuando finalmente llegó la imputación el 29 de febrero.
Para asegurar que la tabula rasa legal incluyera con seguridad al político huido a Waterloo, la mesa de negociación se centró en la reforma de qué podía excluirse que estuviera calificado como terrorismo. Y así se pasó de mencionar la tipificación que da el Código Penal español a la que da la directiva europea de 2017.
Aquí se hace referencia a que quedarían excluidos de la amnistía actos que hayan causado "de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos", en particular las reguladas en los artículos 2 y 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos y en el derecho internacional humanitario. Así, Junts asevera que con esto Puigdemont queda libre de toda culpa.
El borrador de la Comisión de Venecia refleja en lo referente al terrorismo que "los límites a las amnistías establecidos por el derecho internacional se relacionan con violaciones graves de derechos humanos, que no necesariamente son lo mismo que crímenes graves según el derecho interno", lo que justifica mirar la directiva europea y no el Código Penal español.
Sin embargo, esa misma directiva contiene un listado de actos que podrían ser considerados como terrorismo, tales como "atentados contra la integridad física de las personas" y "los daños en infraestructuras o sistemas de transporte que puedan poner en peligro vidas humanas o causas un gran perjuicio económico".
De esta manera, queda en manos de los jueces decidir qué entra o no dentro de esta directiva. El alzamiento de cuestiones prejudiciales que van a trasladar los tribunales españoles al Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europa (TJUE) para resolver sus dudas amenazan con paralizar la ley de amnistía, que una vez esté publicada en el BOE -estimándose finales de mayo, principios de junio como fecha probable-, entrará en vigor.
Esto supondrá que queden sin efecto las órdenes de busca y captura e ingreso en prisión, tanto nacionales como internacionales, y el alzamiento de las medidas cautelares que pesen sobre los amnistiables, incluso en los casos en que se presenten recursos o cuestiones de inconstitucionalidad contra la ley.
En el caso concreto de Puigdemont, quedaría en un limbo legal: podría regresar a España sin órdenes de detención vigentes, pero a la vez sin la garantía de haber sido exculpado por la medida de gracia.
La cuestión prejudicial implica la suspensión inmediata de la aplicación de la ley de amnistía -aunque solo en el caso concreto que haya suscitado las dudas del tribunal-, pero al mismo tiempo ata de manos a los jueces que la planteen, que no podrán seguir practicando diligencias en relación con el procedimiento en curso.
Pero no sólo tiene Puigdemont pendiente de resolver su imputación por terrorismo. En paralelo, el líder de Junts tiene abiertas investigaciones por malversación -que era la principal causa del procés y que entra sin ambages en la ley de amnistía- y por la posible injerencia de espías rusos en la trama independentista, que abre la puerta al delito de alta traición, excluido de la amnistía.