Opinión

Derecho al honor y derecho a la información

TRIBUNA

José María Méndez | Sábado 15 de marzo de 2025

Derivar todos los derechos, públicos y privados, a partir de la Tabla de Valores Eticos es una tarea imposible. La vida humana es demasiado compleja, y aparecen constantemente situaciones nuevas, como la actual revolución digital. Hay que proceder de modo más modesto y en sentido inverso. Dados algunos derechos concretos, buscar su fundamentación ética.

El caso más obvio es el Derecho a la legitima defensa. Dentro del valor ético que llamamos Biodulia, o Respeto a la vida humana individual, distinguimos entre respetar la vida ajena y la propia. Atribuimos más fuerza y menos altura al Respeto a la vida propia que a la ajena. Y concluimos que en caso de conflicto irremediable, puede violarse el valor más alto y menos fuerte para cumplir con el más fuerte y menos alto. Se puede matar antes de ser matado. El derecho a la legítima defensa nace del valor ético Biodulia o respeto a la vida humana individual

Busquemos, pues, los valores que justifican el derecho al honor y el derecho a la información.

Al describir el derecho al honor se suele apelar a la dignidad de la persona humana. Algunos distinguen entre dignidad ontológica y dignidad moral.

La dignidad ontológica vendría no sólo del cuerpo, sino sobre todo del espíritu pensante y volente. Esa dignidad no podría perderse nunca. Tampoco aumenta o disminuye. Sería siempre la misma.

La dignidad moral en cambio crece o decrece, según la conducta. Aumentaría en la medida en que se viven los valores, y se iría perdiendo en la medida en que se los viola.

Por eso, en el ámbito jurídico algunos autores distinguen entre bienes esenciales de la persona -la vida, la integridad corporal o la libertad- y bienes accidentales de la la personalidad, entre los cuales se encontraría el honor o la honra.

Esta es la manera de pensar más corriente y la terminología más usada. (Cfr. Carlos Soria, “Derecho a la información y derecho a la honra”, Ed. ATE 1981). Sin embargo, la Axiología concibe la persona como el ente que tiene delante una escala de valores a realizar. La dignidad no proviene de la persona, sino de los valores, que en último término son las perfecciones reales de Dios. La persona está a prueba en este mundo y tiene un destino eterno, de acuerdo con su respuesta a los valores.

Por eso, parece forzada y artificiosa la distinción entre dignidad ontológica, que no se puede perder y es siempre la misma, y dignidad moral, que puede crecer o disminuir. El ser humano se da a sí mismo su propia esencia en la medida en que realiza o viola los valores. Vivir los valores es la razón de ser de su presencia en este mundo. Puede incluso perder toda dignidad, hasta el punto de estar justificado matar al agresor antes de ser muerto por él, como ocurre en la legítima defensa antes citada. Lo que hay de aprovechable en la distinción entre dignidad ontológica y dignidad moral se aprecia mejor desde la perspectiva del deber-ser de los valores.

Distinguimos entre Fisiodulia, o Respeto a la Naturaleza, y Paz, o Respeto a la persona. El cuerpo humano pertenece a la Naturaleza. Cae bajo el valor ético que llamamos Fisiodulia. Pero el cuerpo no es suficiente razón para justificar el derecho al honor. Es el espíritu el que convierte al animal humano en persona que tiene delante los valores. Es entonces cuando se adquiere el mínimo de honor que merece quien no ha violado los valores. Incluso puede recuperar ese mínimo de estimación social mediante el arrepentimiento. Si Dios perdona, igual debiera hacer la sociedad. Y si además vive valores -todos vivimos algunos- su derecho al honor aumenta en esa misma medida.

Así pues, lo decisivo en este tema es la respuesta ante los valores, el estado de prueba. Tanto el derecho al honor, como incluso el respeto a la vida humana individual, desaparecen ambos en el caso de la legítima defensa.

Pasemos al derecho a la información. Ahora no se trata de nuestra propia conducta, sino de la conducta de los demás. Tenemos derecho a saber qué hacen los políticos, porque hemos de votar cada cierto tiempo. Tenemos derecho a saber cómo van los negocios y las cotizaciones bursátiles, para manejar adecuadamente nuestro patrimonio. Tenemos derecho a tener noticia de lo que se cuece en los ambientes religiosos, artísticos, deportivos, etc., porque hemos de formar nuestra opinión en esas materias. En general, tenemos derecho a conocer las conductas de quienes se convierten en personajes notorios o líderes sociales, cuyas decisiones o actuaciones afectan a nuestro bolsillo, a nuestra salud, a nuestra vida en sociedad, y no digamos a nuestra concreta libertad para hacer esto o aquello.

El hecho de que el derecho al honor se refiera a la conducta propia y el derecho a la información a la conducta ajena dirime de entrada el problema de ubicar ambos derechos en la escala axiológica. El valor que protege el derecho al honor es más fuerte y menos alto que el valor que genera el derecho a la información.

Normalmente percibimos la fuerza de los valores como una condición necesaria o sine qua non. Si no respetas la vida privada de los líderes sociales, pierdes tu derecho a saber lo que hacen. Si un periodista publica un artículo, acusando de robar a un político, puede hacerlo con pruebas o sin ellas. Si lo hace sin pruebas, se expone a ser condenado por un delito de calumnia. Pero si las tiene y las expone, queda exonerado de tal delito mediante la llamada exceptio veritatis.

¿Cuál es el valor ético que respalda el derecho al honor? Dentro del valor más general que hemos llamado Paz, o respeto a la persona, identificamos el valor más concreto que denominamos Igualdad. Todos los humanos tenemos delante el mismo arco de valores a realizar. Tenemos los mismos deberes, y por eso tenemos los mismos derechos. El derecho al honor es el crédito mínimo que merece el que no viola los valores, como antes dicho. Todos somos acreedores de esa dignidad, pero especialmente los líderes sociales.

¿Cuál es el valor ético del que nace el derecho a la información? Dentro de la Paz encontramos el valor mas fino que llamo Democracia. Todos somos iguales, pero en cualquier organización social alguien tiene que llevar el timón, y los demás esforzarse en remar. Todos tienen derecho a elegir a quien ha de dirigir el rumbo, y justo por eso tienen derecho a estar informados sobre quienes son y qué hacen los que mandan.

En la Tabla de Valores éticos la Democracia sigue a la Igualdad. Esta es más fuerte que aquélla. Lo que coincide con nuestra primera impresión. En caso de conflicto, el derecho al honor, que concierne nuestra propia conducta, prevalece sobre el derecho a la información, que se remite a la conducta ajena.

En muchos cuestiones basta saber qué valor es el más fuerte para dirimir sin más conflictos entre valores. Pero en el caso que nos ocupa las cosas no son tan sencillas. Interviene otro factor que resulta ser determinante. No se trata de un nuevo valor, sino de la especial ejemplaridad moral que se exige a los líderes sociales, que son tales por un motivo u otro. En todo caso están en el candelero. Sus nombres salen constantemente en los medios de comunicación. Como siempre se ha dicho, no basta que la mujer del César sea honesta; además ha de parecerlo.

En la práctica el conflicto entre el derecho al honor y el derecho a la información atañe a la vida privada de los personajes públicos o líderes sociales. En principio su vida privada no nos afecta. No cae bajo el derecho a estar informado que tiene el ciudadano de a pié. Es únicamente su actuación pública lo que repercute en nuestras vidas. Pero obviamente, si los que mandan no dan ejemplo en su vida privada, la confianza en su gestión pública se esfuma.

En realidad, éste es el mayor problema que tiene la no bien arraigada democracia de nuestra nación. La conducta privada de nuestros políticos es un continuo escándalo. Con el Presidente Sánchez y sus amigotes la gota ha hecho derramar el agua del vaso. Los políticos, con pocas excepciones, son unos ladrones descarados. Gestionan el dinero público de manera sectaria e interesada. Y encima la ley vigente les protege con un recurso de amparo y unos indultos hechos a la medida para asegurar la inculpabilidad de los políticos, que en buena parte son meros delincuentes. (Cfr. mi precedente articulo “El TC y las personas”, El Imparcial 17/02/25)

Curiosamente, la degeneración moral de nuestros políticos contrasta de manera bien llamativa con la honestidad que predomina entre nuestros empresarios, especialmente entre los más grandes. Su vida privada no suele ser noticia. Y aquí viene como anillo al dedo la conocida máxima, pas de nouvelles, bonnes nouvelles.

En concreto, el honor de nuestros políticos está por los suelos. Y por culpa de ellos mismos. Teóricamente, en un conflicto entre el derecho a honor y el derecho a la información prevalece en principio el derecho al honor. Pero en la práctica de la sociedad española actual, quienes han pisoteado su propio honor con su deplorable conducta ¿qué derecho pueden invocar para reclamarlo? La regla general, que da la preferencia en caso de conflicto al valor más bajo y fuerte, ni siquiera ya tiene sentido. La falta de ejemplaridad en la vida privada de nuestros políticos anula la prioridad teórica del valor más bajo y fuerte sobre el menos fuerte y más alto.

Nuestra Constitución establece la posibilidad del indulto en su artículo 82. Una propuesta concreta para robustecer la enclenque democracia española sería que, quienes hayan sido ministros, diputados del Congreso o senadores, estuvieran excluidos de la posibilidad de ser indultados. Claro que eso no lo aprobarán nunca nuestros parlamentarios. Tendría que ser una iniciativa popular irresistible.

Lo digo porque probablemente vamos a asistir al indulto de Laura Borrás como asistimos antes al bochornoso “amparo” de Chaves y Griñán.