Opinión

No se trata sólo de reformar la Constitución

TRIBUNA

Fernando Maura | Sábado 14 de junio de 2025

Está extendida la preocupación entre muy amplios círculos de comentaristas y analistas políticos, no sólo por causa de las acciones emprendidas por el llamado gobierno progresista de coalición, sino por los cometidos que corresponda realizar al gobierno de otro signo que lo sustituya, descontado -que aún está por ver- que Pedro Sánchez no continúe en el poder después de las próximas elecciones, pese al informe de la UCO, el cese de Cerdán y la no creíble comparecencia del presidente. Y es que ocurre que la resistencia a la baja del PSOE en las encuestas y la general capacidad de mejora socialista en las campañas electorales, ponen en duda que la sensación que vivimos de final de ciclo político no se convierta sino en una manifestación de un estado permanente del deterioro que conllevan los gobiernos débiles, sometidos a la presión de los partidos contrarios a la Constitución, algo así como una especie de maldición bíblica proferida contra España.

El listado de las acometidas y sorteo de las normas y de los buenos modos de hacer política por el gobierno no caben en una columna de opinión. Es posible reseñar solamente los casos más cercanos, pues la memoria se desvanece, toda vez que nos vemos instalados en la permanente acumulación de las malas noticias. Sirvan, a manera de ejemplo, los dos enganches más de la gruesa cadena que va fabricando, con insólita frecuencia, el gobierno y sus allegados. La idea, por ejemplo, que consta en el borrador de sentencia del TC respecto de la Ley de Amnistía, según la cual, todo lo que no prohiba de manera taxativa la Constitución está permitido. No haría falta entonces practicar un ejercicio interpretativo de la norma, bastaría comprobar entonces que la acción del gobierno se encuentra situada en una especie de zona gris en la que el ejecutivo pueda actuar con pleno y libre albedrío. Aunque, en el caso de que resultara necesaria la interpretación de la norma, porque la Constitución lo prohíba, es seguro que el TC -éste TC- haría también de mangas capirotes y procedería a un análisis más detenido que, si bien contradiga a la Carta Magna, edifique una especie de uso alternativo del Derecho que justifique lo actuado en función de algún criterio indeterminado y, por lo tanto, extravagante de la seguridad jurídica.

A este artificio se le podría sin duda añadir el de la previsible apertura de juicio oral al Fiscal General del Estado, que no sólo implicaría a éste, también al ministro de Justicia, Bolaños, al presidente Sánchez y, por extensión, al conjunto del gobierno, en un presunto delito de prevaricación, en el supuesto de que no sea cesado, que no lo será.

Por supuesto que estos supuestos ceden ahora con el caso Cerdán, uno de los viajeros en el Peugeot de Sánchez, otro de los personajes claves de su encumbramiento como secretario general del PSOE, otro de los lastres de quë se desprende para continuar…

Impedir que esos trastornos acaecidos en la vida institucional y en el ejercicio cotidiano de la democracia vuelvan a producirse es una iniciativa loable. Que buena parte del camino a recorrer consista en una reforma de la Constitución, también. En este sentido, estimo que es muy importante establecer un nuevo modelo de estructura territorial, basado en formulaciones federalistas, que acote las competencias del Estado y de sus federaciones, y establezca un marco claro de intervención de aquél y de éstas en los casos en los que sea necesaria la suma de los esfuerzos, como ha quedado puesto en evidencia en la pésima gestión de uno y otra de la catástrofe de Valencia.

Pero no no es sólo la reforma constitucional el procedimiento necesario para alcanzar una democracia en la que la separación de poderes, la contención del gobierno a unos límites razonables, su control por el legislativo -además de La capacidad real de este último de elaborar ,leyes sin atajos ni evasiones respecto de los organismos de control- y la función jurisdiccional sin la amenaza o la crítica constantes y sin que el Tribunal Constitucional se convierta en una nueva y definitiva instancia de revisión de los dictámenes determinados por los juzgadores competentes… es que siempre existe una referencia previa, eso que Cánovas del Castillo denominaba la Constitución inmanente, algo así como la clave de bóveda de la estructura de funcionamiento político-institucional de un país. Lo que para los constituyentes de 1876 -los de la Restauración- era en definitiva habilitar la alternancia entre una izquierda liberal que procuraba atraer y dulcificar a los republicanos y una derecha conservadora que refrenaba las ansias belicistas del tradicionalismo. Eso que consolidaría la figura del Rey-soldado y que proporcionaría satisfacción al hambre de poder, cada cierto tiempo, de las principales fuerzas políticas, con el soberano como árbitro y dador del decreto de disolución y las elecciones trucadas por el encasillado del ministro de la Gobernación correspondiente desde la Puerta del Sol.

La Constitución inmanente de 1978 se corresponde -de forma muy similar al mencionado periodo de la Restauración- con el procedimiento del consenso, y exige para su consecución de dos fuerzas políticas leales al sistema que se vean comprometidas al pacto respecto de los principales asuntos que afecten a la convivencia en el país. Por muchas vueltas que le demos a la normativa constitucional, por más soluciones que busquemos -y encontremos- a los contenciosos que nos enfrentan, el resultado seguirá siendo similar al que observamos en las sesiones de control de los miércoles en el Congreso de los Diputados, mucho ruido y pocas nueces, alguna que otra frase que pretende resultar ingeniosa sin conseguirlo y la más absoluta ausencia de control. Algo similar a la ostentosa Conferencia de Presidentes que, sin cocina previa y sin voluntad de acuerdo, ha devenido en un foro más de desencuentro. Como si no tuviéramos bastantes.

Conviene, por lo tanto, examinar más a los actores de nuestro paisaje político que a las reglas del juego, analizar a los partidos y su capacidad de acuerdo más que a las normas que pudiéramos elaborar, unas normas que, por cierto, no serían posibles tampoco de no mediar el concurso del concierto.

O esperar a que las insuficiencias de unos y de otros conduzcan a la sociedad española a posibilitar la emergencia de una tercera formación política que temple, modere y aproxime a uno u otro de los eternos y excluyentes rivales.