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El juez Calama investiga también a Zapatero por contrabando y delito fiscal por las joyas halladas en su despacho

Relojes y joyas incautadas por la UDEF durante el registro al despacho de José Luis Rodríguez Zapatero.

ABRE UNA PIEZA SEPARADA

EL IMPARCIAL | Viernes 12 de junio de 2026
Argumenta que en este momento la posesión de las joyas "no está justificada" y señala la ausencia de "trazabilidad fiscal" sobre su adquisición.

El juez Calama ha abierto una pieza separada contra José Luis Rodríguez Zapatero por contrabando y delito contra la Hacienda Pública a raíz de conocer la tasación judicial de las joyas halladas en una caja fuerte en su despacho de Ferraz. El expresidente del Gobierno declarará los próximos 17 y 18 de junio por un total de seis delitos.

El juez de la Audiencia Nacional sostiene que el origen de las joyas “en estos momentos no está justificado” y cuyo valor ha sido tasado de forma preliminar en 1.323.915 euros.

El juez indica que, una vez recibida la tasación preliminar y sin perjuicio de una pericial posterior que abarque otros datos analíticos de interés, la posesión de bienes de lujo de elevado valor, unida a la ausencia de trazabilidad fiscal sobre su adquisición, constituye “un indicio objetivo y racional de la posible existencia de una defraudación tributaria relevante, en tanto que la adquisición de joyas del valor indicado genera necesariamente obligaciones fiscales, ya sea en concepto de IVA, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, e IRPF, según la naturaleza del negocio jurídico”.

Para el magistrado, la posible falta de acreditación sobre la adquisición de las joyas podría facultar a la Agencia Tributaria para imputar una ganancia patrimonial no justificada en el IRPF de José Luis Rodríguez Zapatero, resultando aplicable un tipo marginal en torno al 46%. De esta forma, añade, la inexistencia de declaración o pago de cualquiera de estos tributos permite inferir la posible existencia de una cuota defraudada superior al umbral típico, que se sitúa en 120.000 euros. Por todo ello, estos hechos, indiciariamente, según el juez, pueden ser constitutivos de un delito contra la Hacienda Pública,.

Además, Calama argumenta que la actuación de Zapatero también podría encajar en un delito de contrabando “en la medida en que la introducción, tenencia o circulación en territorio nacional de joyas cuyo valor global asciende a aproximadamente 1.323.915 euros, sin acreditación del pago de los derechos arancelarios, impuestos especiales o tributos asociados a su importación, constituye un indicio objetivo de que tales bienes pudieron haber accedido al territorio aduanero de la Unión Europea eludiendo los controles y obligaciones fiscales exigibles”.

El magistrado añade que la ausencia de documentación aduanera, de facturas de importación o de cualquier justificante de despacho de aduanas impide descartar que las joyas hubieran sido introducidas en España al margen de los procedimientos de control aduanero, superando ampliamente el umbral cuantitativo de 150.000 euros previsto para la tipicidad penal.

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