La Fiscalía rechaza que el expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero haya sufrido indefensión por la decisión del juez de no suspender su declaración por las joyas halladas en su oficina, pues "era un hecho conocido" por el exlíder socialista desde el 19 de mayo, tanto su hallazgo como la tasación.
El Ministerio Público ha impugnado el recurso de reforma de la defensa del expresidente contra el auto que rechazó suspender su declaración del pasado 17 de junio en relación a la pieza separada que investiga las joyas halladas en una caja fuerte en su oficina y valoradas en 1,3 millones de euros.
La defensa solicitó una semana antes de su declaración la suspensión "dada la inminencia del acto y el brevísimo lapso de tiempo entre la incoación de la pieza y el señalamiento", pero el juez lo denegó porque en la pieza separada no había nada que no figurara ya en el procedimiento principal antes de su citación.
Como consecuencia, Zapatero rechazó declarar sobre este aspecto y la defensa recurrió esta decisión aludiendo a que la pieza se abría a raíz de la tasación realizada y que es en ese momento cuando el juez considera la existencia de un eventual delito fiscal y/o de contrabando
Pero la Fiscalía deja claro que "el investigado declara sobre hechos que figuran en la causa y era hecho conocido por el investigado que desde el 19 de mayo se hallaron joyas en la caja fuerte de su oficina y que se había encargado una tasación provisional a una casa de subastas".
Por tanto, continúa, "el recurso se apoya en una suerte inaceptable de confusión entre hecho y calificación jurídica" ya que "la calificación de delito fiscal y contrabando no es por el momento más que una valoración técnica provisional del instructor".
Además, destaca que el expresidente no quiso declarar sobre esta cuestión y, por tanto, "no se le ha conculcado derecho alguno" y "mantiene su derecho a justificar lo que estime sobre dichas joyas así como a hacer las manifestaciones que considere sobre tales efectos".
La Fiscalía también impugna el recurso de la defensa contra la negativa del juez a pedir a Estados Unidos que esclarezca las circunstancias en las que este país accedió a las comunicaciones del accionista de Plus Ultra Rodolfo Reyes que han sido claves para la imputación del exlíder socialista.
Aquí la fiscal explica que "la pretensión (de la defensa) en este momento procesal no es que haya sido atendida o desatendida" sino que el juez lo valorará más adelante en atención al resultado de la comisión rogatoria enviada a Estados Unidos.
Esto es, precisa, "que antes de nada procede determinar la valoración de las autoridades judiciales estadounidenses sobre el eventual uso en este procedimiento penal de ese material".