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Fiscalía y Abogacía rechazan la petición de Zapatero de apartar a las acusaciones populares de la causa de las joyas

José Luis Rodríguez Zapatero. (Foto: EFE).

TRIBUNALES

Efe | Lunes 13 de julio de 2026

La Fiscalía Anticorrupción y la Abogacía del Estado se han opuesto a la petición del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero de apartar a las acusaciones populares, lideradas por el PP, de la pieza separada del caso Plus Ultra en el que se investiga el hallazgo de joyas valoradas en un 1,3 millones de euros en una caja fuerte encontrada en su oficina.

En su escrito al juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama en respuesta al recurso de Zapatero, al que ha tenido acceso EFE, la fiscal Elena Lorente considera que lo que pretende el expresidente del Gobierno "es cerrar el paso al ejercicio de la acción popular antes de llegar siquiera a conocer con certeza la calificación jurídica del delito objeto de esta Pieza y menos aún a conocer la posición de Fiscal y acusación particular ante una eventual petición de apertura de Juicio oral".

"El hecho de que haya un eventual perjudicado, -la Agencia Tributaria si finalmente resultare que nos hallamos ante un delito fiscal y/o contrabando-", expone la fiscal, no impide la actuación en fase instructora de la acusación popular.

En otro escrito, al que también ha tenido acceso EFE, la Abogacía del Estado responde al recurso que no procede oponerse a la personación de una acusación popular en el procedimiento, "aun cuando la Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante AEAT) ostente la condición de perjudicada directa y se encuentre personada ejerciendo la acusación particular".

"La acusación particular actúa en defensa de un interés propio derivado de la condición de ofendido o perjudicado, mientras que la acusación popular actúa en defensa del interés general y de la correcta aplicación de la ley penal. Ambas posiciones pueden coexistir legítimamente dentro del mismo procedimiento1", indica la Abogacía del Estado.

En este caso, añade, "existe un perjudicado patrimonial concreto, la Hacienda Pública, cuya representación corresponde a la AEAT a través de la Abogacía del Estado; y por otro lado, también resulta afectado un interés colectivo o general vinculado al sostenimiento del sistema tributario y al deber constitucional de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos".

"Esta dimensión pública, a nuestro entender, justificaría que ciudadanos o entidades legitimadas puedan promover la acción penal desde la perspectiva del interés general", sostiene.

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