Las carreteras españolas y las calles de nuestras ciudades estrenen un mapa de reglas sustancialmente distinto. El 1 de octubre entra en vigor con carácter general el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, una norma llamada a sacudir de forma notable el Reglamento General de Circulación. No se trata de un simple retoque técnico ni de un ajuste menor de procedimiento: estamos ante un paquete de medidas amplio que pone la lupa sobre la protección de los usuarios más vulnerables y que reescrita el comportamiento cotidiano de conductores, motoristas, ciclistas, peatones y usuarios de patinetes eléctricos.
El trasfondo de esta gran reforma responde a una realidad evidente en el ecosistema de la movilidad urbana e interurbana. La convivencia en el asfalto se ha vuelto más compleja y diversa, marcada por el auge de los vehículos de movilidad personal (VMP), el incremento del uso de la bicicleta y la permanente exposición de quienes circulan sobre dos ruedas. Ante este escenario, la DGT impone nuevas obligaciones que buscan reducir drásticamente los márgenes de riesgo, fijando limites más estrictos y dotando de un marco jurídico más claro a situaciones de tráfico que hasta ahora generaban dudas o vacíos.
Mayor distancia y cambio obligado de carril para proteger a los vulnerablesUna de las modificaciones con mayor impacto directo en la rutina de quienes conducen coches o vehículos comerciales es la que regula el adelantamiento a usuarios vulnerables. A partir de este 1 de octubre, cuando un automóvil vaya a rebasar a bicicletas, grupos de ciclistas, ciclomotores, patinetes eléctricos, peatones o animales, ya no bastará con echarse ligeramente a un lado de forma intuitiva.
La norma impone con rotundidad una distancia lateral mínima de seguridad de 1,5 metros. Pero la exigencia no se queda ahí: en todas aquellas vías que dispongan de más de un carril por sentido de circulación, el conductor estará obligado a realizar un cambio completo de carril para efectuar la maniobra. En el ámbito puramente urbano, la normativa introduce además una separación frontal obligatoria para evitar los atropellos por alcance: los coches deberán mantener al menos cinco metros de margen con la bicicleta que ruede justo por delante en su mismo carril.
El celo protector de la ley también se extiende a quienes trabajan o sufren un percance a pie de carretera. Rebasar a un vehículo inmovilizado en la calzada o en el arcén por avería, accidente, tareas de auxilio o mantenimiento requerirá guardar ese mismo metro y medio de separación lateral y, de forma añadida, reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite máximo fijado para ese tramo.
Los patinetes eléctricos dicen adiós a la anarquía: edad mínima y casco obligatorioLos Vehículos de Movilidad Personal (VMP), encabezados por los populares patinetes eléctricos, dejan definitivamente atrás la etapa de indefinición normativa para someterse a reglas de uso mucho más estrictas. El crecimiento exponencial de estos vehículos en los centros urbanos venía exigiendo una respuesta contundente para frenar la siniestralidad.
La primera gran barrera que establece el Real Decreto es de edad: a partir de ahora será necesario contar con al menos 15 años para poder ponerse al mando de un VMP. Junto a la edad, la seguridad pasiva pasa a ser prioritaria. Llevar el casco homologado o certificado, y llevarlo debidamente abrochado, será obligatorio para cualquier usuario, sin importar la vía por la que transite.
La visibilidad es el otro gran pilar de la reforma para los patinetes. Entre el ocaso y la salida del sol, o cuando las condiciones del tiempo o del entorno reduzcan notablemente la visibilidad, la persona que viaje en VMP deberá portar de forma visible al menos un elemento luminoso o reflectante que sea capaz de verse a una distancia mínima de 150 metros. La única tregua que concede la DGT en este bloque se refiere al alumbrado diurno encendido permanentemente en el propio vehículo: para esta medida se ha concedido un periodo transitorio de un año, por lo que no empezará a ser exigible hasta el 1 de octubre de 2027.
El colectivo de las dos ruedas con motor experimenta también un giro relevante en sus equipamientos mínimos. Para los motoristas, la prevención del choque o la caída no puede quedar al arbitrio del buen tiempo. En las vías interurbanas, tanto el conductor como el pasajero tendrán que llevar obligatoriamente guantes de protección. Además, el uso de calzado cerrado se extiende como exigencia general para circular por todo tipo de calles y carreteras.
En el apartado de los cascos, la norma aprieta las clavijas exigiendo que estén homologados bajo los estándares del Reglamento UNECE R22, si bien los ciclomotores dispondrán de un plazo de adaptación de doce meses para adecuar su equipamiento a esta especificación.
Por su parte, el chaleco reflectante de alta visibilidad pasa a formar parte de la dotación fija que debe llevar la motocicleta entre sus accesorios. Sin embargo, para aquellos que desarrollen su actividad laboral utilizando motos, bicicletas o VMP —como ocurre con el colectivo de repartidores—, el chaleco reflectante deja de ser un accesorio guardado para convertirse en una prenda de uso obligatorio en todo momento y sobre cualquier vía.
La gran novedad en términos de fluidez afecta a la gestión de las retenciones. Como norma excepcional para aliviar la presión de las congestiones urbanas e interurbanas, las motocicletas podrán circular por el arcén derecho cuando el tráfico en los carriles principales esté completamente detenido. Esta opción estará supeditada a que el tramo esté expresamente habilitado y señalizado para ello. En estos supuestos, las motos deberán circular a una velocidad que no supere los 30 km/h, en hilera de a uno y guardando el debido respeto a la prioridad de aquellos usuarios que estén obligados a utilizar el arcén.
La bicicleta busca su sitio en la calzada y se despide de las acerasLas bicicletas ven reforzada su presencia en el mapa vial urbano, pero bajo premisas claras que buscan ordenar el espacio público. Cuando la vía por la que circulen no disponga de un carril bici específico ni de un espacio acondicionado al efecto, las bicicletas deberán rodar por la calzada y, si las condiciones de seguridad lo permiten, lo harán ocupando preferentemente la parte central de su carril.
Esta medida busca evitar los roces peligrosos con los coches estacionados o las maniobras evasivas a bordo. De forma paralela, la ley zanja una de las discusiones más recurrentes en las ciudades: los ciclistas no podrán rodar por las aceras. La norma fija la prohibición como principio general, dejando en manos de los distintos ayuntamientos la facultad de articular excepciones muy puntuales, como la circulación de menores de 12 años o la autorización en determinadas zonas peatonales acotadas.
Nace el ‘carril de emergencia’ para salvar vidas en caso de atascoLa reforma del Reglamento contempla asimismo un mecanismo estandarizado para facilitar el trabajo de las asistencias y los servicios de emergencia cuando las autopistas y autovías queden bloqueadas por una gran retención. Hasta ahora, el comportamiento de los conductores en un atasco a la hora de dejar paso a una ambulancia o a un camión de bomberos dependía en gran medida del sentido común del momento.
Con el nuevo Real Decreto, la creación del «corredor de emergencia» pasa a estar perfectamente tipificada según la arquitectura de la carretera:
En calzadas con dos carriles por sentido: Los vehículos parados o casi detenidos deberán abrirse hacia los extremos de la calzada. El carril izquierdo se pegará todo lo posible a la mediana y el carril derecho se arrimará al arcén exterior, creando un espacio diáfano en el centro. En calzadas con tres o más carriles por sentido: El corredor de seguridad se creará entre el carril situado más a la izquierda y el contiguo. De este modo, los conductores que ocupen el carril izquierdo deberán desplazarse hacia su izquierda, mientras que todos los vehículos que circulen por el resto de los carriles hacia la derecha deberán efectuar su movimiento defensivo hacia el lado derecho.Con este paquete integral de medidas, la DGT busca actualizar el marco normativo a la realidad que se vive hoy en el tráfico cotidiano. A partir del 1 de octubre, el desconocimiento de la norma no evitará las sanciones, por lo que conviene asimilar las nuevas pautas antes de girar la llave o subir al patinete.