Opinión

El Estado en huelga

Carlos Loring Rubio | Miércoles 28 de enero de 2009
A los acuciantes problemas que deben ser resueltos por el Estado, en una época en la que todos los poderes deberían aunar esfuerzos en pos de la recuperación de un país que todavía no acaba de oír el último eco del batacazo que se cierne sobre nosotros, aparecen con petulancia un sector del Poder Judicial, uno de los garantes del Estado de Derecho, reclamando subidas salariales y mejoras laborales. Huelga de Jueces y Magistrados, capricho de la malcriada raza funcionarial, a la que parece que los jueces pertenecen, que olvidan el honor del que se debe hacer gala en un cuerpo que tiene que darse a la ciudadanía, oficio que no busca enriquecimiento sino vocación.

Creo que las reivindicaciones de los Jueces y Magistrados son del todo legítimas, sobre todo en lo que respecta a la modernización del aparato de Justicia, pero, un pilar básico de la sociedad, esencial para su normal desarrollo, arrogado de prebendas y privilegios, debería buscar otras formas de negociación que no fueran desencadenantes de un desplante de tal categoría, acogiendo, de esta manera, a la miseria más absoluta. La independencia del Poder Judicial no debe arrastrar a sus miembros a negociaciones sobre condiciones laborales con la Administración, debe en todo caso buscar un dialogo al mismo nivel, que construya para las dos partes. La auctoritas se ha visto definitivamente esfumada del rango judicial. Los deberes de resolver controversias o restaurar o conservar la paz social y jurídica, podrían abdicar temporalmente.

La tibieza con la que el Consejo General del Poder Judicial ha llamado al orden es alarmante. Apelando a su responsabilidad, se les ha reprochado a los Jueces y Magistrados convocantes, la indefensión de los ciudadanos y la violación de la tutela judicial efectiva mediante su posible actitud, pero no han sido apercibidos de futuras sanciones si incurrieran en las acciones planeadas.

Creo que las movilizaciones, actos de protesta o la huelga de la carrera judicial, son, además de ilegítimas, ilegales. Por ejemplo, el artículo 127 de la Constitución y el 395 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establecen la prohibición de sindicación de los Jueces y Magistrados, lo que en analogía a otros cuerpos como los de Seguridad del Estado, por la importancia de su labor, no pueden ejercer en ningún caso el derecho de huelga (artículo 6.8 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado), pudiendo, incluso, entrar dentro del tipo penal de los artículos 408 y 409 del Código Penal. Es, además, y salvando las distancias, un agravio comparativo respecto de las condiciones que se requieren para que se pueda optar al cierre patronal.

Pero, ante todo, los convocantes y seguidores de la huelga están traicionando el juramento o promesa de su toma de posesión: “Juro (o prometo) guardar y hacer guardar fielmente y en todo tiempo la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico, lealtad a la Corona, administrar recta e imparcial justicia y cumplir mis deberes judiciales frente a todos.” (Artículo 318 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

Si finalmente se diera la abdicación temporal de las obligaciones de Jueces y Magistrados, será vista por los integrantes del propio cuerpo que se declara en huelga, jueces juzgando a jueces, un problema de difícil solución.

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