Crítica
Jueves 30 de julio de 2009
La bibliografía sobre la Segunda República se ensancha con este libro de Francisco Sosa Wagner por una vía inesperada: la consideración de la obra de los más destacados juristas, concretamente iuspublicistas, que trabajaron en aquella coyuntura histórica. Sosa Wagner une a su condición de destacada autoridad en el campo del Derecho Administrativo, su vocación de historiador.
La bibliografía sobre la Segunda República se ensancha con este libro de Francisco Sosa Wagner por una vía inesperada: la consideración de la obra de los más destacados juristas, concretamente iuspublicistas, que trabajaron en aquella coyuntura histórica. Sosa Wagner une a su condición de destacada autoridad en el campo del Derecho Administrativo, su vocación de historiador. Y dentro de la Historia, ha concedido un lugar de importancia al papel de los grandes maestros del Derecho. Autor de una excelente monografía sobre los maestros alemanes de su disciplina, aborda ahora en este libro la aproximación a los grandes juristas españoles de la Segunda República. Se trata de unos apuntes biográficos y bibliográficos que ayudan a reconstruir la historia del Derecho Público en los años treinta y a engarzarla con el Derecho Administrativo y Político de postguerra.
El libro se abre con una consideración general del programa reformista de la Segunda República y una introducción a la Constitución de l931. Vienen a continuación las semblanzas de algunos de los más destacados juristas de la coyuntura republicana, con exclusión de aquellos de especial significación política (Fernando de los Ríos, José María Gil Robles, el propio Niceto Alcalá Zamora) o literaria (Francisco Ayala) que han sido objeto de especial atención por la bibliografía general acerca de la Segunda República.
La primera nota bio-bibliográfica corresponde a un personaje relativamente bien conocido: Adolfo G. Posada. El notable administrativista y constitucionalista ovetense tuvo un papel especialmente destacado en la Comisión Jurídica Asesora que redactó el primer proyecto constitucional republicano. Su densa vida académica y pública es resumida por Sosa Wagner con simpatía y respeto, unas actitudes que el autor proyecta sobre el conjunto de los autores considerados.
Particularmente interesante resulta el capítulo dedicado a Antonio Royo Villanova, un autor que no salido por lo general bien librado de la visión global del proceso constituyente republicano. Su visión de la descentralización de servicios habría de tener una significativa influencia en el régimen franquista. El capítulo dedicado a Luis Jiménez de Asúa, el penalista al que cupo en suerte presidir la Comisión Parlamentaria redactora de la Constitución de l931, subraya especialmente la génesis y discusión en torno a la fórmula del “Estado integral” que habría de suponer una de las contribuciones más significativas del constitucionalismo español de los años treinta.
Se examina después la obra de N. Pérez Serrano, el primer estudioso del texto de l931 junto a Adolfo Posada y Royo Villanova, y de Recaredo Fernández Velasco. Posteriormente son consideradas la obra y personalidad de E. Martí Jara, J. García Labella, J. Güenechea, J. Gascón y Marín, E. Llorens y los autores que conectan la situación republicana con el régimen franquista: C. García Oviedo, S. Alvarez-Gendín, S. Royo Villanova y L. Jordana de Pozas.
Aunque en las memorias de las viejas oposiciones a cátedra era obligada la referencia a los antecedentes de la disciplina, el libro de Sosa Wagner supera ampliamente el enfoque ritual que era típico de estos trabajos, para constituir una aproximación del máximo valor a la vida intelectual española de los treinta en el marco de los estudios iuspublicistas. Los temas abordados en el libro (la organización territorial del Estado, el status de los funcionarios, la Administración municipal, las garantías judiciales de los administrados, etc.) son temas que siguen ocupando la atención de nuestro actual Derecho Público. Debe agradecerse por ello la detenida y atenta mirada que el autor dirige a los precedentes republicanos en la consideración de estas cuestiones.
Hay que señalar, por último, que Francisco Sosa Wagner señala con este libro un camino para completar el estudio de la Segunda República. Junto con los estudios actualmente disponibles sobre la historiografía de aquellos años, la práctica del periodismo, la vida de la Iglesia Católica, etc., lo que Sosa Wagner pone de manifiesto es la necesidad de reconstruir las bases de la vida cultural e intelectual de los años treinta para avanzar en el estudio global del régimen de la Segunda República.
Por Andrés de Blas Guerrero