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Viernes 18 de septiembre de 2009
Francisco de Asís Molina, el juez de Instrucción número 4 de Sevilla que investiga la desaparición y presunto asesinato de la joven sevillana Marta del Castillo la noche del 24 al 25 de enero, ha dictado un auto en el que rechaza los recursos de reforma interpuestos por las defensas de Miguel Carcaño.
Francisco de Asís Molina, el juez de Instrucción número 4 de Sevilla que investiga la desaparición y presunto asesinato de la joven sevillana Marta del Castillo la noche del 24 al 25 de enero, ha dictado un auto en el que rechaza los recursos de reforma interpuestos por las defensas de Miguel Carcaño, Samuel Benítez y María García contra el auto dictado por el juez en el que acuerda que los cuatro imputados mayores de edad --los tres citados anteriormente y Francisco Javier Delgado-- sean juzgados por el tribunal del jurado.
En un auto dictado este viernes, al que ha tenido acceso Europa Press, el juez rechaza los recursos de reforma interpuestos por estos tres imputados, mientras admite a trámite los recursos de apelación subsidiariamente interpuestos por Miguel Carcaño y María García, así como el recurso de apelación presentado por el letrado de Francisco Javier Delgado --el cual fue el único de los imputados que no elevó recurso de reforma--. Además, la resolución judicial recuerda a la defensa de Samuel Benítez la posibilidad de interponer un recurso de apelación o adherirse a los ya formulados.
Según argumenta el juez, los recursos de reforma contra el auto dictado con fecha 2 de septiembre "exponen básicamente una discrepancia de fondo sobre el criterio jurídico sostenido" en la resolución recurrida, pero argumenta que todos los recursos "serán desestimados pues no logran desvirtuar los razonamientos" del auto recurrido, rechazando "de plano" cualquier argumentación "orientada al descrédito de la competencia del tribunal del jurado por apreciar en ella una inherente merma del derecho al juez imparcial".
En este sentido, considera que el proceso incoado "contiene mecanismos idóneos para garantizar dicha imparcialidad", y aduce como "evidente" que el proceso de jurado "ha sido precedido por una investigación del hecho punible", al tiempo que señala que, "a diferencia de lo que la defensa de Miguel expone en sus consideraciones, no hubo otra posibilidad, ya que la 'notitia criminis' no permitió realizar desde el principio una imputación verosímil de un concreto delito a persona o personas determinadas".
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