Sociedad

Los españoles ejercen su derecho al voto por correo

elecciones

Viernes 29 de febrero de 2008

El pasado jueves 28 de febrero concluyó el plazo para solicitar este procedimiento. Muchos son los españoles que han tenido que ir a alguna de las 2.206 oficinas de correo que están repartidas por toda la geografía española para recoger el impreso mostrando el DNI para que, posteriormente, la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, les envíen a su domicilio, por correo certificado, la documentación electoral.

En el caso de que por enfermedad o imposibilidad sea imposible acudir personalmente a correos, el solicitante puede apoderar a otra persona para que lo haga en su nombre. Por supuesto, deberá presentar una acreditación de su enfermedad o incapacidad de un médico oficial, además de otorgar un poder notarial para su representante.

Una vez entregado el impreso, la Oficina del Censo Electoral, remitirá, a quien haya solicitado el voto por correo toda la documentación para ejercer este derecho, por correo certificado al domicilio que haya indicado dentro de España. Dicha documentación consta de las papeletas, los sobres electorales, el certificado de Inscripción en el censo, el sobre en el que figura la dirección de la mesa electoral en la que le corresponde votar y un folleto explicativo de cómo enviar la documentación que adjuntan.

De acuerdo con lo explicado por el Departamento de Comunicación de Correos, en el caso de que el votante no se encuentre en el domicilio cuando se le haga llegar la documentación, se volverá a intentar, y si este otro intento es fallido, se dejará aviso en el buzón para que pueda acudir personalmente y con su DNI a la oficina de correos que corresponda, o bien por medio del representante, en caso de enfermos o incapacitados, el cual deberá aportar el poder que le acredita como tal.

Una vez que se tiene la documentación electoral, se introduce la papeleta de voto, elegida por cada uno, en el sobre correspondiente. Este sobre se introduce a su vez, junto con el certificado de inscripción en el censo, en el sobre dirigido a la mesa electoral correspondiente enviándolo por correo certificado, que será gratuito, como todo el proceso.

Una vez finalizado este procedimiento, el último día de envío es el 5 de marzo, hay que tener en cuenta que ya no se puede votar personalmente en la mesa electoral.

A pesar de que, de acuerdo con afirmaciones del Departamento de Prensa, Correos pone todos los medios que tiene a su disposición, en el caso de que a algún ciudadano que haya solicitado el voto por correo, no le llegue la documentación a tiempo, Correos investigaría la situación.

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