fallo del Alto Tribunal
Lunes 28 de junio de 2010
El Tribunal Constitucional (TC) no declara inconstitucional la definición de Cataluña como 'nación' que figura en el preámbulo del Estatut, aunque recalca que no es vinculante en ningún caso. Además, acepta los preceptos referidos al uso de la lengua catalana y a la bilateralidad de las relaciones entre el Estado y la comunidad.
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) logró hoy sacar adelante por mayoría una sentencia que avala la inclusión en el Preámbulo del Estatut de Cataluña del término "nación", si bien deja claro que la misma carece de eficacia jurídica interpretativa, dada la indisoluble unidad de la nación española, informaron fuentes del alto tribunal.
Esta interpretación restrictiva ha contado con el apoyo de seis de los magistrados, los del bloque "conservador" más Manuel Aragón Reyes, y el voto en contra de los magistrados progresistas.
Los magistrados del TC remarcan hasta en ocho ocasiones la "indivisible unidad de España" en la sentencia del Estatut que votaron este lunes. De esta forma, salvaron el escollo que significaba el preámbulo del texto, en que Cataluña se define como nación.
En el caso del Preámbulo los magistrados que votaron en contra fueron precisamente los "progresistas", la propia presidenta María Emilia Casas, Elisa Pérez Vera, Eugenio Gay y Pascual Sala.
Según fuentes del órgano constitucional, el borrador de Casas que ha obtenido finalmente los apoyos del TC asume con algunas modificaciones las mismas tesis que la que elaboró en su día la magistrada del "sector progresista" Elisa Pérez Vera respecto a los aspectos más polémicos de la norma, tales como la inclusión del término 'nación' en el Preámbulo, la mayoría de los preceptos referidos al uso de la lengua catalana y la bilateralidad de las relaciones entre la Comunidad Autónoma y el Estado.
TEMAS RELACIONADOS: