Nacional

Fame rechaza el proyecto defendido por la ministra de Defensa

limita derechos constitucionales

Jueves 16 de diciembre de 2010
La Fame ha rechazado el proyecto defendido por la ministra de Defensa porque limita, prohíbe y cercena el ejercicio de los derechos fundamentales en contra de lo previsto en la Constitución.

El abogado ejerciente, presidente de la Federación de Asociaciones de Militares de España (FAME), Jesús Navarro Jiménez, ha explicado en un comunicado a EL IMPARCIAL que la federación que él representa ha propuesto numerosos enmiendas a los grupos parlamentarios, mantiene (tras oir hoy a la ministra, que piensa que los militares hasta ahora no hemos tenido derechos, cuando lo cierto es que su proyecto es absolutamente regresivo) que la ley de “Derechos y Deberes” deberá de cambiar su denominación y llamarse “Ley Orgánica reguladora de los Derechos Fundamentales y Libertades Públicas de los militares de las Fuerzas Armadas”.

Hay que reducir el articulado suprimiendo todo que se refieren a derechos fundamentales que pueden ejercerse por aplicación directa de la Constitución y sobre los que ésta no prevé ninguna especificación, limitación o prohibición para los militares (intimidad, dignidad, secreto de las comunicaciones, inviolabilidad del domicilio, derecho de petición, acceso al Defensor del Pueblo, derecho a votar, etc.). También hay que suprimir las reglas del comportamiento militar (art. 6) que por ser normas éticas, morales o deontológicas de la profesión militar no tienen que tener rango de ley y mucho menos de ley orgánica. Asimismo hay que suprimir todo lo referido a los “derechos y deberes de carácter profesional” (derecho a ascensos, a ocupar destinos, a vestir el uniforme, etc.) que ya están establecidos y regulados con detalle donde tienen que estar en la Ley de la Carrera Militar (sin perjuicio de que se aproveche la Ley de Derechos fundamentales para introducir disposiciones adicionales ordinarias que mejoren la Ley de la Carrera Militar).

La Ley Orgánica debe centrarse en los derechos a la libertad personal (suprimiendo los arrestos en tiempos de paz, prohibiendo que los militares puedan ser privados de libertad sin intervención judicial); libertad de expresión (sin más límites que los establecidos en la Ley disciplinaria, impidiendo que se apruebe la “mordaza” prevista en el proyecto); derechos de reunión y manifestación (con los límites ya vigentes, que solo impiden acudir de uniforme a las manifestaciones políticas o sindicales); y derecho de asociación para la defensa de los derechos y promoción de los legítimos intereses profesionales, económicos y sociales de todos los militares, en todas las situaciones, incluidos los retirados y sus causahabientes. El derecho de asociación no debe tener estructura vertical, jerarquizada, controlada y subvencionada por Defensa. El derecho de asociación ya está reconocido y regulado en el art. 22 de la Constitución, y la farragosa y muy extensa regulación que pretende Defensa (con 25 artículos) impediría su ejercicio, pues lo haría impracticable.

Los cuatro Consejos Asesores de Personal, tras 10 años de vigencia, ha demostrado su mas absoluta inutilidad e ineficacia, por lo que no deben mantenerse ni refundirse en uno con cuatro secciones (según el proyecto). Incluso el Consejo de la Guardia Civil, a pesar de ser electivo, no ha servido para nada en sus tres años de existencia.

TEMAS RELACIONADOS: