América

Colombia indultará a los guerrilleros condenados por crímenes políticos

Según la norma 4619

Martes 25 de enero de 2011
Ante el nuevo decreto sobre los guerrilleros y paramilitares desmovilizados en Colombia, expedido el pasado 13 de diciembre, el ministro de Interior y Justicia de ese país, Germán Vargas Lleras, anunció que frente a dicha normativa sólo podrán ser indultados aquellos rebeldes que únicamente hayan cometido delitos políticos, quedando excluidos los condenados por crímenes de lesa humanidad.

El ministro colombiano del Interior y de Justicia, Germán Vargas Lleras, dijo que no habrá indulto para guerrilleros que hayan cometido delitos atroces, de ferocidad o barbarie, terrorismo, secuestro o actos de lesa humanidad.

"Ninguna persona que esté condenada por delitos atroces, de barbarie, terrorismo, secuestro, homicidio o actos que se consideren de lesa humanidad volverá a ser indultada por delitos políticos", señala Vargas en un comunicado de prensa de su despacho.

El pronunciamiento lo hizo al presentar las nuevas disposiciones para conceder el indulto a guerrilleros desmovilizados a la luz del decreto 4619 expedido el pasado 13 de diciembre.

En la nueva normativa, también se precisa que los rebeldes capturados con anterioridad a 4 de abril de 2008 y que están en cárceles colombianas tienen plazo de desmovilizarse hasta el 13 de marzo de este año.

"A partir del 13 de marzo quedan derogados los decretos que permitían la desmovilización de aquellas personas que estaban en centros de reclusión. Significa eso que a estas personas les resta hasta el día 13 de marzo para tramitar su solicitud", precisó Vargas.

Quienes no lo hagan, se les seguirá juicio corriente, sostuvo el jefe de la cartera política. Para los rebeldes que aún están en filas, indicó que tienen la posibilidad de desmovilizarse, siempre y cuando cumplan las exigencias de ley.

Así las cosas, quienes quieran dejar las armas deben presentarse ante las autoridades colombianas, deponer las armas y manifestar su voluntad de reintegrarse a la vida civil.

También deben comprometerse a colaborar activamente con las autoridades para el desmantelamiento del grupo y si el guerrillero sólo ha incurrido en el delito político de rebelión, que se configura por la sola pertenencia a un grupo insurgente, podrá solicitar el beneficio jurídico del indulto.

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