Opinión

Cubrir las apariencias

Antonio Domínguez Rey | Lunes 14 de febrero de 2011
La vivencia política de nuestros días alcanza al modo mismo de organización vital, su fundamento. Y pasa por el lenguaje. Toda constitución social es palabra. Y la palabra se funda en el vínculo humano. Es el lazo de unión entre los hombres.

El juego con las palabras, su mercadeo, crea sospecha, recelo, inseguridad. El uso del lenguaje que juega, por una parte, con su perentoriedad -la palabra esencial nace siempre inminente-, pero también, por otra, con el tiempo caduco de su emisión, es decir, su aliento de vida, lo desvirtúa. Y esto nos remite al sentido latente de su constitución. Ninguna palabra contiene por entero el mundo que anuncia. Necesita otras. Crea discurso, diálogo, una razón o logos vital, resume Ortega y Gasset.

El alambicamiento del lenguaje y sus conceptos a sabiendas de que lo implícito en él atiende a razones totalmente diferentes, actualiza esa diferencia entre el sentido larvado y los significados en apariencia inteligibles. Decimos lo mismo pensando otra cosa. Predomina la doblez, el equívoco. Lo que es o parece ser resulta a medias o niega lo que dice con la sombra de lo que subtiende.

Intervienen entonces la exégesis, la hermenéutica. Palabras como independencia, autonomía, libertad, violencia, o las frases que originan con otras, como rechazo, repulsa, recusación, etcétera, adquieren el valor que el contexto les otorga. Y a esto lo denominamos hoy pragmática.

El contexto de la política actual española es un ámbito extraordinario de exégesis hermenéutica. Valga como ejemplo la frase condicional “si la hubiera” aplicada al rechazo y condena de la violencia allí donde se produzca. La emiten los firmantes y dirigentes de una nueva denominación política en el País Vasco. El rechazo de la violencia, cláusula exigida legalmente para obtener la aprobación del partido político, “incluye -dicen- la violencia de ETA, si la hubiera, en cualquiera de sus manifestaciones”.

La frase principal afirma el supuesto de la exigencia requerida por la situación legal vigente en España. Quien concurra al orden social representativo, ha de rechazar y condenar expresamente el uso violento de las instituciones como fin y método de sus pretensiones objetivas. La propuesta cumple entonces la apariencia legal. La Constitución española ampararía esta declaración de principio. Ahora bien, el recorte condicional (“si la hubiera”) establece una suspensión de sentido que atañe a la definición misma del término violencia en razón del contexto en el que se enuncia o constituye. El entorno de declaraciones, la situación de la que emergen tales palabras, convierten los actos violentos ya cometidos -asesinatos, amputaciones, lesiones y pérdidas irreparables, dolor de familias y amigos- en consecuencias de una mentalidad social aparentemente ya agotada. Los crímenes anteriores a esta declaración de voluntad constitucional se juzgan fruto de la “violencia política” y los autores hoy presos en cárceles españolas no serían asesinos, sino, en paralelo semántico, “presos políticos”, como declara uno de los consignatarios de los nuevos estatutos del partido denominado “Sortu”, que significa “aurora” en lengua vasca.

He aquí un ejemplo claro de equivocidad y uso fraudulento del lenguaje, si al contexto enunciativo de la declaración citada nos atenemos. El rechazo de la violencia es violento en sí mismo, pues otorga al Otro, la otra parte, la de los muertos asesinados, la connotación de sujetos, aunque fueran pasivos, de una amenaza o ejercicio violento. Se une a ello además, en tal contexto, la renuncia a condenar de modo expreso a la organización que tramó y defiende de modo sistemático el recurso al asesinato, en tal supuesto, “político”.

Nos hallamos, pues, ante dos sentidos totalmente opuestos del término y concepto “violencia”, el consignado en la Constitución política española y Ley Orgánica de Partidos Políticos, y el sobreentendido por los firmantes de Sortu. Diálogo de sordos, en una palabra. Asistimos a un cambio de estrategia política amparada en la superficie del lenguaje constitucional y leyes de él derivadas, como diciéndonos que tal “lectura” se deriva también de aquel modo de escrito legal. Si así fuera, la situación se torna más dramática, pues descubre la fragilidad constitutiva de la Carta Magna que nos rige.

El entorno declarativo de la frase precitada cambia el sentido aparente de la oración condicional “si la hubiera”. Su alcance verdadero depende de una implicación soterrada y, por tanto, de una restricción mental, válida en principio, por otra parte, en aquel fundamento que confiere Derecho a cualquier vínculo auténticamente humano, el que atañe -y no hay otro- a la libertad profunda del hombre, siempre que se justifique. La frase “si la hubiera” acota en paréntesis subjetivo el derecho a considerar y juzgar el acto de violencia desde los supuestos de quien la enuncia. Se entiende, por ello, sometida a otra presuposición: . Sabido es que los independistas del País Vasco consideran violenta la situación en la que viven, bajo leyes no dictadas por ellos. La propuesta de nuevo partido fuerza incluso, si se acepta, a compartir el preámbulo establecido. La cuestión atañe a la concepción del Estado.

Baste esto como muestra del abismo abierto en la sociedad española al creer una de sus partes, y admitir bastantes otras, según las reacciones habidas al respecto, que el lenguaje constitucional en que se apoya Sortu permite este contexto y, por ende, una lectura hermenéutica propicia. Se acepta una situación de diálogo en la que el concepto de democracia adquiere también otro sentido. Democrática es sólo la asamblea de los conjurados y emplazados por la causa o de quienes ven, al paso, una ocasión idónea de logro y conveniencia política, calculadamente sopesada por otros partidos y por el Gobierno. Prima entonces la praxis sobre los presupuestos racionales de Derecho constitucional o se recurre implícitamente a la premisa de que ningún vínculo humano tiene otro fundamento que el pragmático. La praxis es norma, regla y principio de verificación en el marxismo leninista. Recientes declaraciones de terroristas arrepentidos evidencian este modo de actuación al declarar que aquellos asesinatos se veían, en el momento de ejecutarlos, como algo lógico y adecuado, al margen del conocimiento de la víctima. Según reflejo inducido por la praxis, se entiende. Un reflejo consciente, sin duda, pues los actos realizados requieren cálculo, precisión, obediencia ciega a un “Otro” alienante, pero no conciencia moral, ética, ni mucho menos religiosa. Esta otra conciencia, al menos social -un atisbo humanista- , decía uno de ellos hace poco tiempo a una cadena de televisión, surge después en el silencio y aislamiento de la celda, con el paso del tiempo.

“Es violenta toda acción en la que se actúa como si uno estuviera solo para actuar: como si el resto del universo no contara sino para recibir la acción; es también violenta, por consiguiente, toda aquella acción que experimentamos sin ser en todos sus puntos sus colaboradores”, dice Lévinas en Difícil Libertad. Muy difícil, ciertamente.

Si en el acto fundacional de los estatutos de Sortu hay exclusión implícita del Otro constituyente, irrenunciable, pues es el fundamento mismo -alguien asesinado, una víctima irredenta, que no puede asistir a esta asamblea sino mediatamente, a través de su familia o representantes civiles-, el diálogo democrático abre el sentido de las palabras a referencias muy distintas y contrarias de libertad. Y aún así, la democracia verdadera admite, con dolor, este supuesto, pues el contacto con la gente contagia, impulsa. Un reto enorme para la democracia española y europea. Lo que aquí subyace es el horizonte político derivado de la Europa de las regiones, concepto entendido en gran parte del norte de España como Europa de las Naciones, primero, y tal vez de Estados, luego.

Es el trasfondo político de una esperanza federalista o posible confederación como primer paso hacia la autodeterminación y, desde aquí, a la independencia o, por lo menos, hacia una razón de coestado, como manifiestan desde hace tiempo algunos líderes nacionalistas. Y llegados a este punto, en el horizonte vasco entra la parte francesa de Euskal Herria, con la que se obtendrían las bases de una nueva nación o estado europeo, quizás incluso aislado políticamente de Europa.

Al Gobierno actual de España la nueva situación creada por Sortu le conviene o sale favorablemente al paso por dos razones que son una sola en el fondo, de praxis también concreta. Contempla una el posible apoyo, si no está ya pactado, electoral en las próximas elecciones municipales, europeas y legislativas, que compensaría en parte la merma evidente de crédito público. Y atiende la otra razón al avance federalista que esta situación supuestamente democrática concitaría en parte del electorado español.

Tal expectativa tiene más audiencia e inclinación de voto de la que suponemos, pues la apoyan otros partidos nacionalistas y gran parte del trasfondo republicano vigente, al que es proclive el Gobierno y el partido que lo sustenta. La federación supondría restringir el ámbito de las autonomías y un avance indudable para las intenciones separatistas de sectores importantes de la población vasca. Lo que es una coyuntura de realismo pragmático para el Gobierno -la opción Sortu-, resulta además factor de posibilismo político y, para los abertzales, incluidos los violentos, un triunfo claro. Avanzan inteligentemente en sus pretensiones.

Y aún así, de nuevo, allende el reto jurídico que pone a prueba, una vez más, a la democracia y Constitución española, la entrada en el espacio alterativo, dialogal, seguramente pura forma legislativa, transforma la esencia de los presupuestos y le confiere otro horizonte. La pregunta clave es saber si España cuenta con recursos constitucionales sólidos para convertir el trasfondo de violencia en colaboración ciudadana conducente a la paz y armonía cívica. “La humanidad nace en el hombre a medida que sabe reducir las ofensas mortales a litigios de orden civil, a medida que castigar se reduce a reparar lo que es reparable y a reeducar al perverso. Al hombre no le hace falta solo una justicia sin pasión. Precisamos una justicia sin verdugo”, sigue diciendo Lévinas.

Al no poder resucitar a los asesinados, la reparación solo se obtiene reanimando justamente a los deudos, sus descendientes, víctimas como aquellos del verdugo en razón de una praxis totalizadora. Los vivos son rehenes de la herida sangrienta. Para revocar el pasado como si nada tuviera hoy el sentido que ayer se le atribuía, hace falta abrir el tiempo del Otro, sustituirse por él en su causa otorgándole espacio de vida justa.

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