Jueves 17 de marzo de 2011
Cuatro años después, el Tribunal Constitucional ha fallado a favor de la Junta de Extremadura derogando el artículo 51 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, por el que se arrogaba en exclusiva las competencias sobre la cuenca del Guadalquivir. A diferencia de la sentencia del Estatut, esta vez los magistrados lo han tenido claro, toda vez que la resolución ha sido adoptada por unanimidad. Algo lógico, si nos atenemos al artículo 149 de la Constitución, a tenor del cual las competencias en materia de cuencas hidrográficas cuando transcurran por más de una comunidad autónoma corresponderán al Estado.
Dicho esto, cabe preguntarse si para este viaje hacían falta alforjas. ¿Cómo algo tan meridianamente claro pudo ser pasado por alto por el parlamento andaluz? Porque, con independencia de su sencillez jurídica, la cuestión es, además, de sentido común. Desde que los socialistas introdujesen a machamartillo su idea de descentralización llevada al último extremo, muchas comunidades autónomas iniciaron una carrera por ver quién era capaz de obtener más competencias a modo de estado. Concepto éste ampliamente “mejorado” por José Luis Rodríguez Zapatero, quien contribuyó quebrando principios tan básicos como el de la solidaridad fiscal, lo que ha derivado en una desconfianza generalizada. Ya está bien de seguir saltándose a la torera el ordenamiento jurídico, y de sobresaturar con carga de trabajo baladí a la administración de justicia.
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