ministerio de defensa
Viernes 29 de abril de 2011
La ministra de Defensa, Carme Chacón, ha llevado este viernes al Consejo de Ministros la nueva Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, que hará desaparecer los arrestos de la vida cotidiana de los cuarteles, restringiéndose solo para casos de faltas graves o muy graves. Esta es una de las principales novedades de la nueva norma que sustituirá a la anterior Ley Orgánica 8/1998 con el fin de adaptar el régimen disciplinario militar a las Fuerzas Armadas profesionales del siglo XXI.
Según Defensa, con esta norma, que será remitida en las próximas semanas al Congreso, se culmina el programa legislativo para responder a las exigencias de transformación de las Fuerzas Armadas. Realiza una revisión de los elementos esenciales del régimen disciplinario, como la tipología de las infracciones, el catálogo de sanciones, autoridades y mandos con potestad disciplinaria, y procedimientos.
A partir de la entrada en vigor de esta ley, las sanciones para las faltas leves serán la reprensión, que si es agravada se anotará en la hoja de servicios, y la suspensión de actividad de uno a diez días. Respecto a la tipología de las infracciones, se efectúa una nueva clasificación de las faltas (leves, graves y muy graves, eliminando el expediente gubernativo) y se revisan las infracciones disciplinarias.
Establece nuevos tipos de faltas, acordes con la Ley de derechos y deberes, relacionadas con el derecho de los conflictos armados, las reglas de enfrentamiento, el principio de igualdad y no discriminación, el ejercicio de derechos y libertades públicas reconocidos al militar, la prevención de riesgos y protección de la salud, y la protección del medio ambiente. Según informa Defensa, las sanciones disciplinarias son objeto de una importante revisión, desapareciendo los arrestos por faltas leves (más del 90 por ciento de las infracciones que se cometen habitualmente en los cuarteles no podrán ser sancionadas con privación de libertad).
Asimismo, se implantan sanciones económicas, en función del grado de la falta, a través de la suspensión temporal de actividad. Para las faltas graves, las sanciones son la suspensión de actividad, el arresto y la pérdida de destino. Las faltas muy graves podrán ser sancionadas con arresto de mayor duración, suspensión de empleo de dos meses a un año, pérdida definitiva de aptitud aeronáutica, separación del servicio y resolución de compromiso.
La nueva ley también actualiza los niveles de autoridades y mandos con potestad disciplinaria, y contempla especificidades para las unidades y personal en zona de operaciones, con el fin de garantizar el cumplimiento de las misiones asignadas.
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