Reforma laboral
Miércoles 08 de junio de 2011
El Ministerio de Trabajo mantiene en su propuesta de reforma de la negociación colectiva que ante la falta de acuerdo para renovar un convenio expirado éste prorrogue y da un plazo máximo de 20 meses para negociarlo ante la falta de acuerdo. Así lo recoge el borrador que ha enviado a los agentes sociales y que se aprobará en el Consejo de Ministros este viernes.
El Ministerio de Trabajo mantiene en su propuesta de reforma de la negociación colectiva que ante la falta de acuerdo para renovar un convenio expirado éste se prorrogue (la llamada ultraactividad) y da un plazo máximo de 20 meses para negociarlo ante la falta de acuerdo para renovarlo, si una de las partes lo denuncia.
Trabajo ha enviado este miércoles a los sindicatos CCOO y UGT y a la patronal CEOE su borrador de propuesta de reforma (de 14 páginas) de la negociación colectiva, que este viernes aprobará el Gobierno en Consejo de Ministros.
Además el ministro de Trabajo Valeriano Gómez se lo ha explicado esta tarde a los grupos parlamentarios de CiU, PNV y ERC-IU-ICV.
Según el documento de Trabajo al que ha tenido acceso Efe, "en defecto de pacto, cuando hubiera transcurrido el plazo máximo de negociación sin alcanzarse un acuerdo y las partes del convenio no se hubieran sometido a los procedimientos a los que se refiere el párrafo anterior (de mediación o arbitraje) o éstos no hubieran solucionado la discrepancia, se mantendrá la vigencia del convenio colectivo".
Esto supone que Trabajo mantiene la ultraactividad, algo que quería limitar la CEOE y que los sindicatos pedían que siguiera para evitar que ante la falta de acuerdo para renovar un convenio éste decayese y supusiese una pérdida de derechos para los trabajadores.
Al mismo tiempo se mantiene el que los representantes de los trabajadores puedan ejercer el derecho a la huelga mientras que se negocia.
Como novedad destacada en el borrador se da un mayor protagonismo al convenio de empresa frente al sectorial.
Así, de acuerdo con el borrador, la regulación de las condiciones establecidas en un convenio de empresa tendrá prioridad sobre el sectorial en materia de "salario base, en complementos salariales, horas extraordinarias, retribución específica del trabajo a turno, horario y distribución del tiempo de trabajo".
También sucederá lo mismo en cuanto a "planificación anual de las vacaciones, clasificación profesional, modalidades de contratación y medidas que favorecen la conciliación entre la vida laboral y familiar".
Asimismo, las comisiones paritarias (formadas por los representantes de los trabajadores y del empresario) adquieren mayor protagonismo a la hora de interpretar conflictos sobre el convenio en lo referido a la flexibilidad interna.
A sus resoluciones se les da la misma "eficacia jurídica" que al convenio.
En el caso de los salarios se fija que la "inaplicación" por parte del empresario de lo pactado (la denominada cláusula de descuelgue) conllevará el que determine con exactitud qué es lo que cobrará el trabajador.
Para contribuir a la flexibilidad interna en las empresas el Ministerio de Trabajo propone que como máximo un 5% de la jornada de trabajo se puede distribuir de forma irregular al año.
En el documento no se hace referencia alguna a lo que los sindicatos y la patronal pactaron sobre mutuas y absentismo antes de que el 2 de junio dieran por rotas las negociaciones para pactar ellos la reforma.
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