Crónica económica
Viernes 16 de septiembre de 2011
El Consejo de Ministros ha aprobado la creación del Impuesto sobre el Patrimonio. Es una decisión estéril, porque en cuanto cambie el Gobierno, a tenor de las palabras de Mariano Rajoy, el impuesto se retirará. Pero por el momento hay mucho que contar del mismo.
John Stuart Mill lo consideraría injusto. Él defendió la implantación de un impuesto sobre la renta (que, dicho sea de paso, también es bastante injusto y tiene graves problemas relacionados con la privacidad). Pero condenaba los impuestos sobre la riqueza porque suponían gravar dos veces: Una por la renta y otra por su ahorro en forma de capital. José Luis Rodríguez Zapatero no ha leído a Mill. Se ha quedado en Ramón Gómez de la Serna, y por eso está en las nubes.
Mas al final el Gobierno ha recuperado aquél impuesto que Zapatero, en 2007, consideraba “desigual” que “recae sobre las clases medias” y no sobre las altas y que “penaliza” el ahorro. También dijo entonces que “está en vías de extinción en Europa”, sobrado de motivos: sólo la muy socialista Francia mantenía un tributo sobre la riqueza. Y en absoluto era tan gravoso como el de España entonces... o ahora.
Este jueves, en el Congreso, la ministra de Economía, Elena Salgado, nos explicaba a los periodistas en un corrillo cuál era el funcionamiento del nuevo Impuesto sobre el Patrimonio. Grava a partir de los 700.000 euros, con una exención de 300.000 euros en la vivienda. Esto supone una discriminación hacia quienes tienen riqueza inmobiliaria. Consideremos dos casos:
Una persona tiene una casa por valor de 300.000 euros más unos activos líquidos de 700.000 euros. ¿Cuánto tributa? Cero.
Otra persona no tiene casa propia, pero sí 800.000 euros en cuentas, fondos y acciones. ¿Cuánto tributa? Por los 100.000 euros que superan los 700.000.
De este modo el primer caso, con un patrimonio de un millón de euros, no tributa, mientras que el segundo, con 200.000 euros menos, sí lo hace.
Otro efecto es que se premia la riqueza inmobiliaria frente a la líquida. De este modo favorece la propiedad frente al alquiler. Por otro lado, el ahorro se acumula a lo largo de la vida. Al final de la misma, las rentas del trabajo son más bajas o inexistentes, y son las rentas del capital acumulado las que sostienen el consumo de los mayores, además de la pensión. El impuesto sobre el Patrimonio puede resultar muy gravoso para las personas mayores, ya que en ciertos casos no cuentan con rentas que les permitan hacer frente al impuesto sobre el patrimonio que tienen, por lo que están obligadas a venderlo, al menos en parte. En cualquier caso, sí, va en contra del ahorro, que es el camino que lleva a la riqueza. Y la riqueza... ¿alguien duda de que todo esto consiste, precisamente, en acumular riqueza?
Pero sigamos. La ministra Salgado comentó en el corrillo que apenas tendría efectos recaudatorios para patrimonios por debajo de los dos o tres millones de euros. Por un lado por la base imponible. Por otro porque está sometido a tipos progresivos, en ocho tramos, que van desde el 0,2 por ciento anual al 2,5. La agencia EFE lo explicaba con este ejemplo: Un contribuyente con un patrimonio de 1.100.000 euros que cuente con una residencia valorada en 300.000 euros, y sin contar otras posibles deducciones, pagaría a Hacienda 200 euros, el 0,2 por ciento de una base liquidable de 100.000 euros. En caso de que el mismo contribuyente no viviera en una casa de su propiedad, tendría que pagar 1.200 euros, el 0,3 por ciento de una base liquidable de 400.000 euros.
No se agotan aquí las consideraciones sobre el Impuesto de Patrimonio. Porque a las familias ricas no les gusta pagar impuestos. Nada que nos sorprenda, pero crearon en su día un think tank destinado sola y exclusivamente a lograr que este impuesto desapareciese o, al menos, no les afectase mucho. No hay problema. En los discursos de Rubalcaba van a estar “los ricos” detrás de este impuesto, pero en la vida real, no. Hay una letra pequeña que permite escaparse a las empresas familiares de tributar por las acciones de la compañía, la maquinaria, los activos inmobiliarios, los fondos propios y demás. Con estas condiciones:
1) La persona ha de tener al menos un 5 por ciento del capital, que es un 20 en el caso de unirse el cónyuge o los hijos.
2) El beneficiario ha de tener un puesto en la dirección. Claro es que puede ser meramente nominativo.
De modo que no hay problema para Amancio Ortega. Para él no va el impuesto. Para Emilio Botín sí, sin embargo. Él tiene un puesto directivo en su empresa familiar, llamada Banco Santander. Sólo que la empresa de la familia Botín ha adquirido tal tamaño que su participación en la misma no alcanza el 5 por ciento, sino el 0,951 por ciento, según un comunicado hecho público en noviembre del pasado año. Es normal que considere que le parece “muy mal” que se recupere este impuesto. Pues esta es otra de las características absurdas del IP, que beneficia a los empresarios familiares como los Del Pino, Koplowitz, Roig, March, Jové... pero no en este caso.
Y aún resta una cuestión importante. En el antiguo IP el Gobierno compensaba a las Comunidades Autónomas que bonificaban el impuesto. Ahora el Gobierno ha dejado claro que las Comunidades que mantengan la bonificiación, por ejemplo, del 100 por ciento del impuesto, dejará de recibir el dinero correspondiente que repartía el Ejecutivo.
Con todo, de mantenerse la situación de 2007, se recaudarían 1.080 millones de euros, apenas el 1,5 por ciento del déficit español que rondará este año los 60.000 millones. ¿Tiene sentido la recuperación del IP?
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