Opinión

La justicia en la balanza

Javier Zamora Bonilla | Martes 14 de febrero de 2012
Estas últimas semanas se han acumulado toda una serie de noticias que han puesto al poder judicial –no confundir con el Consejo General del Poder Judicial, que es el órgano de gobierno de los jueces– en el candelero. Por un lado, el ministro de Justicia, que no forma parte del poder judicial sino del ejecutivo –perdonen que ande uno un poco pejilguero con tantas precisiones obvias, pero tengo la impresión, quizá equivocada, de que andan las cosas un poco confundidas–, el ministro de Justicia, decía, ha anunciado un plan de reforma y actualización de la justicia, que es lo que hace todo ministro cuando llega al cargo, por lo que demuestra el incumplimiento del plan anunciado por el ministro precedente. Ya veremos qué dice el ministro que venga después del señor Gallardón. Algunos han querido ver en el anuncio del ministro voluntad decidida y han llegado a hablar de revolución en la justicia. Ciertamente, en lo que ha transcendido a la prensa, no hay nada revolucionario, salvo lo de obligar a jueces, abogados y procuradores a trabajar en agosto, con el consiguiente enfado de muchos letrados que llevan con sus únicas manos, quiero decir cabeza, su despacho y se ven sin vacaciones como les fijen juicios en el mes veraniego por excelencia.

En lo demás, no parece que el ministro anuncie las novedades que la sociedad española espera desde hace años para agilizar la justicia y evitar el letargo de los pleitos durante quinquenios, cuando no decenios, y las flagrantes contradicciones entre la primera y las sucesivas instancias, cuyo acceso quiere ahora encarecer el ministro, porque parece ser que los ciudadanos pleitean más de la cuenta sobre cuestiones menores que hay que evitar que lleguen a los juzgados. Y no niego que en España haya un afán de pedir justicia, como demuestran algunas estadísticas comparativas con otros países europeos, pero creo que deberíamos preguntarnos más bien por qué y en qué se traducen esos pleitos aparentemente innecesarios, es decir, si las personas que han considerado lesionados sus derechos han conseguido que la justicia repare el daño. Sin una estadística que refleje esta realidad, pretender dificultar el acceso a la justicia es atentar contra uno de los pilares del Estado de derecho. La vía, debe ser, contrariamente, la de incentivar los juicios rápidos y adaptar el poder judicial a la sociedad tecnológica en que vivimos, acortando plazos, sin poner en riesgo las garantías, para conseguir –eso sí sería revolucionario en España, y desgraciadamente también en otros muchos países- que la resolución de un pleito no supere más de un año en las dos primeras instancias, para lo que hay que dotar al poder judicial de los medios suficientes y abrir mucho más el acceso a la carrera judicial.

El ministro está mostrando además un empeño en volver atrás en diversas leyes que entran dentro de la órbita de su departamento, como es el caso del aborto, aunque lo enmascare autocalificándose de progresista –debe ser un progresista decimonónico. En lo tocante a la elección de los miembros del Consejo General del Poder Judicial, el ministro quiere retornar al modelo corporativo anterior, que no entro en si es más o menos democrático y ajustado a la Constitución, sobre lo que hay opiniones para todos los gustos, sólo señalo ese afán por dar marcha atrás.

Por otro lado, varios juicios o procesos judiciales han saltado en estas últimas semanas a las páginas de los periódicos. En el caso de Francisco Camps, un jurado popular de analfabetos ortográficos, le ha declarado “no culpable”. La verdad es que nunca he entendido bien por qué la izquierda ha tenido desde el siglo XIX ese empeño en querer democratizar la justicia por medio del jurado, institución que ha ido apareciendo y despareciendo en nuestra larga y guadianesca historia constitucional. Frente al Antiguo Régimen, podía tener sentido, pero en una verdadera democracia, pienso que es mejor que la justicia la imparten profesionales bien formados. Y no es que desconfíe de la buena intención y de la sabiduría popular, aunque se desconozcan las leyes y la ortografía, pero en esto creo con Ganivet que en España entendemos la justicia legal de forma diferente a la justicia social, y quizá el jurado pensó que a Camps ya se le había sentenciado y condenado antes del juicio y ya era suficiente condena.

Es preocupante en este caso el cambio de criterio de la fiscalía, que, con el nuevo Gobierno, cambió radicalmente de opinión y ha decidido no recurrir al Tribunal Supremo, que en cualquier caso volverá sobre la cuestión por el recurso presentado por los socialistas. Es posible que el Supremo se reafirme en que no hay pruebas para demostrar que Francisco Camps y Ricardo Costa no pagaron sus trajes, que en el fondo es lo único que se juzga, y que, por lo tanto, no se puede demostrar que hubiera cohecho impropio. Otra cosa es lo que demuestran las grabaciones de conversaciones telefónicas que todos hemos escuchado, sobre cuestiones que no se juzgaban en este caso, pero que sí volverán aparecer en otros.

Y luego tenemos al exjuez Garzón, expulsado de la carrera judicial por sentencia firme –es decir, ejecutable, aunque recurra al Constitucional. Según afirma el tribunal, Garzón vulneró la ley al solicitar a la policía que grabase a los abogados de los acusados por la trama Gürtel para evitar que siguiesen blanqueando dinero. La ley es muy restrictiva en la garantía del derecho de defensa y no permite este tipo de escuchas con los abogados salvo en casos de terrorismo. Por tanto, la condena parece ajustarse a derecho y el Constitucional confirmará o no si es así, pero ciertamente a la opinión pública es difícil explicarle que el juez que instruía una investigación contra un grave caso de corrupción política esté ahora fuera de la carrera judicial, mientras los cabecillas de la trama todavía esperan ser juzgados.

En cambio, Garzón ha salido exonerado de responsabilidades penales en el juicio por prevaricación y cohecho en relación a los pagos de varias empresas, incluidos algunos bancos sobre los que su juzgado llevaba casos que fueron sobreseídos, para financiar el curso que Garzón dio durante más de un año en Nueva York. El presunto delito de prevaricación se descartó y el de cohecho impropio ha sido sobreseído, con regañina y confirmación del juez, porque ya había prescrito. Y esto tampoco lo acaba de entender la gente: por qué los delitos económicos de guante blanco, que no afirmo, como sí hace el juez, que Garzón cometiese, tantas veces salen sobreseídos de los juzgados. Ahí tienen a Carlos Fabra, hecho un experto en la materia.

A Garzón todavía le espera el juicio por prevaricación por haber continuado la investigación sobre los crímenes del franquismo, supuestamente, a sabiendas de que no era competente. Veremos que dicen los jueces, pero también será difícil de explicar que esos crímenes no puedan ser juzgados casi 40 años después de muerto el dictador.

En resumen: la politización de la justicia y la judicialización de la política son dos graves problemas para la verdadera independencia del poder judicial, y para todos los ciudadanos que se ven envueltos en procesos jurídicos.

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