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La reforma de la negociación Colectiva

martes 15 de marzo de 2011, 10:47h
La negociación colectiva impone a la economía tres rigideces que provocan la destrucción masiva de empleo en la etapa descendente del ciclo económico y ralentizan enormemente la reducción del paro en la etapa de recuperación económica. En primer lugar, casi todos los convenios imponen como mínimo, contemporánea o retroactivamente, el mantenimiento del poder adquisitivo de los salarios, con independencia de la fase cíclica de la economía y del sector de actividad o del tipo de ocupación, cualificación profesional o ubicación geográfica del trabajador. En segundo lugar, junto con otras deficiencias del actual marco laboral, hace imposible que las empresas recurran con suficiente generalidad e intensidad a la reducción de jornada como alternativa a despedir trabajadores. Finalmente, la negociación colectiva comprime en exceso la estructura salarial, primando los salarios de los trabajadores menos cualificados y acentuando así el desempleo de muchos de estos trabajadores, que por el tipo de trabajo que hacen y por la empresa y lugar geográfico en que lo quieren desempeñar no encuentran empleo a esos salarios.

Para corregir estas deficiencias, la reforma de la negociación colectiva debería considerar las siguientes propuestas. En primer lugar, siendo obvio que la creación de empleo reside en la empresa, y que sólo la empresa puede evaluar adecuadamente el crecimiento de la productividad al nivel de empleo existente, cualquier movimiento que descentralice la negociación al nivel de empresa sería positivo. La empresa debería tener total libertad para decidir adherirse o no a cualquier convenio de ámbito superior. Esta decisión, para ser libre, no debería ser transitoria ni estar supeditada a ninguna condición ajena a la voluntad de la empresa. Idealmente, las empresas se deberían “colgar” en lugar de descolgar de los convenios. Esto es, los convenios deberían ser aplicables sólo a las empresas que voluntariamente se adhieran a ellos.

En segundo lugar, en cualquier convenio de ámbito superior que pueda subsistir se debería dar prioridad total, al menos hasta que el paro se reduzca a la media europea, a maximizar el nivel de empleo. Esto es, los convenios de ámbito nacional, provincial o sectorial deberían tener en cuenta los datos de empleo y paro existentes en el país, la provincia o el sector, al menos hasta que la tasa de paro alcance cifras comparables a las existentes en la media de la eurozona. Evidentemente, esto implica abandonar la indiciación a la inflación y dar prioridad a la creación de empleo sobre el mantenimiento del poder adquisitivo de los salarios (salarios que, con el crecimiento del paro, perciben cada vez menos trabajadores).

En tercer lugar, se debe facilitar la flexibilidad de jornada a las empresas que la solicitan, flexibilidad que constituye una variante de la moderación salarial, para evitar todo lo posible la destrucción de empresas y de empleo que ha provocado (y sigue provocando) la excesiva rigidez que impone el marco laboral en esta materia. Ninguna empresa decidirá restringir jornada (y reducir así sus costes salariales) si la alternativa no fuera reducir el número de trabajadores empleados o incluso afrontar su desaparición.

En cuarto lugar, las demandas y ofertas de empleo, y las tasas de paro consiguientes, son de desigual intensidad según las profesiones, cualificaciones, sectores, regiones, etc. Como se ha dicho antes, uno de los principales defectos de nuestro sistema de negociación colectiva es que comprime excesivamente la estructura salarial, en especial imponiendo salarios muy por encima de los que equilibrarían demanda y oferta del trabajo en los niveles bajos de cualificación o en regiones deprimidas. Especialmente dañinos al respecto son los salarios mínimos impuestos por convenio, muy superiores al mínimo interprofesional en la mayoría de casos. Al menos hasta que la tasa de paro se reduzca a nivel europeo, sería deseable eliminar estos mínimos o, cuando menos, reducirlos significativamente. Así mismo, sería muy positivo para el empleo juvenil eliminar el salario mínimo interprofesional o, cuando menos, reducirlo sustancialmente para los menores de 25 años.

Si la negociación colectiva se orienta hacia la flexibilidad salarial se fomentará la creación de empleo y la reducción del paro. Así lo atestigua, en negativo, nuestra desgraciada experiencia de alto paro y baja tasa de empleo y, en positivo, la de países como Alemania, Dinamarca, Holanda, Reino Unido y otros muchos que en su día hicieron esta (y otras) reformas en sus mercados de trabajo.

José Luis Feito

Economista

JOSÉ LUIS FEITO es licenciado en Ciencias Económicas por la Universidad Complutense de Madrid, economista y técnico comercial del Estado

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