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TRIBUNA

La MGF: un caso de violencia intrafamiliar

miércoles 22 de febrero de 2017, 21:22h

Es motivo de alegría conocer que el Gobierno va a proponer a todos los partidos políticos que se incluya la mutilación genital femenina (MGF) dentro de la futura ley de Violencia Intrafamiliar, texto normativo que pretenderá regular una serie de medidas en aras de prevenir esta práctica brutal que, en el caso solo de España, afecta a más de 17.000 niñas que se encuentran en riesgo de sufrirla.

Activistas, médicos, profesionales docentes y organizaciones internacionales, entre otros expertos, consideran que hasta la década de los noventa existía cierto miedo a una supuesta intromisión cultural y, en suma, a afrontar un problema que se prefería relegar a la esfera de una intimidad mal entendida. Actualmente, instituciones y organismos de la ONU como UNICEF y la OMS, entre otros, han llevado a efecto la iniciativa en la denuncia de la MGF no solo promoviendo la información y la educación para erradicar esta práctica, sino instando a los Estados y a los organismos internacionales para que adopten todo tipo de medidas (jurídicas y sociales) que contribuyan a la lucha contra la MGF a nivel internacional. Es por ello que en España constituye un delito castigado por el art. 149.2 del Código Penal con penas de 6 a 12 años de cárcel y pérdida de la patria potestad de los padres.

El personal sanitario tiene el deber de denunciar las lesiones corporales, teniendo además la obligación de informar a las pacientes y a las familias sobre los efectos de la MGF en la salud así como de alertar de las implicaciones penales en las que incurren tanto quienes la practican como quienes la promueven o colaboran en ella. En caso de que la intervención se efectuase fuera del territorio español, el autor o autora solo podrían ser condenados si tienen la nacionalidad española o gozan de residencia permanente en España (Ley Orgánica 1/2014).

Resulta de gran importancia que el personal sanitario cree una relación de confianza con los padres para realizar adecuadamente una labor de seguimiento en consultas periódicas, con el fin de impedir que la MGF sea practicada. Por otra parte, la denuncia injustificada de los padres puede llegar a producir consecuencias dramáticas para las menores, entre otras, el arresto domiciliario de sus progenitores, la retirada de la patria potestad y la remisión de la niña a los servicios sociales. Hay que ser sumamente cuidadosos en las consultas médicas porque algunas familias pueden reaccionar interrumpiendo la relación con el médico o precipitando el abandono del país para llevar a cabo la MGF en su país de origen. Es por ello encomiable que se haya puesto en marcha una plataforma europea de formación, dirigida a más de 5000 profesionales de todos los ámbitos, para prevenir esta práctica y erradicarla.

No nos podemos permitir que con la cantidad de niñas que en España están en riesgo de sufrir esta práctica atroz, salten a la luz noticias, como la del pasado 29 de enero, que alertaba de que un matrimonio de Guinea-Conakry había sido detenido por los Mossos d’Esquadra por un error de diagnóstico de la médica, pagando las consecuencias de ello sobre todo las menores de tres y cinco años, que fueron internadas durante nueve días en un centro de menores, tras ponerse en marcha el protocolo de actuación de Cataluña, por cierto, la primera Comunidad Autónoma que se ocupó de regular esta cuestión en 2002.

Está claro que, tras 15 años en vigor, este protocolo ha quedado obsoleto y debería, por consiguiente, actualizarse. Como señaló, con acierto, SOS Racismo, quien se ocupó de asistir legalmente a la familia, “hay que extremar las garantías para que los prejuicios no contaminen el proceso”. En definitiva, se trataría de lograr mayores garantías para los implicados.

Aunque no cabe duda de que se está avanzando, tanto a nivel normativo como jurisprudencial, a la hora de prevenir y combatir la MGF, todavía queda mucho recorrido y una ingente tarea por hacer. Es cierto que el Ministerio de Sanidad ha aprobado un protocolo común en 2015 y que el País Vasco ha regulado el suyo propio en 2016, pero no basta con ello.

Creo que es indispensable tratar de combatir la percepción africana de que la lucha occidental contra la mutilación genital femenina puede llegar a ser una nueva forma de colo­nialismo cultural. Por ello, quizás fuera positivo trabajar en los países de origen y fomentar desde dentro el cambio de mentalidad para combatir la MGF a nivel global. Si los que llevan a cabo esta terrible práctica no entienden por qué la tienen que abandonar, lo más probable es que la sigan defendiendo, a pesar de su ilegalidad.

Para hacer efectivas las leyes se deben elaborar planes de acción específicos que, además de prever campañas de información y sensibilización, incluyan protocolos de actuación transversales e integrales que permitan prevenir la realización de esta práctica, así como establecer medidas de protección del menor, en particular medidas cautelares. Se debe luchar para impedir que la práctica termine realizándose en la clandestinidad.

Ha de quedar también claro que el Estado no puede admitir, bajo el manto alegatorio de la libertad de conciencia o al amparo de la tradición y al socaire de la costumbre, todas las actuaciones que, según criterios individuales, sean conformes a los dictados de la conciencia, ya que ello supondría olvidar la afectación de bienes jurídicos de fundamental importancia y trascendencia, tales como la vida, la integridad física o sexual.

Debería inculcarse en planes educativos, allí donde esta práctica de la MGF está asentada, que estas inveteradas y seculares costumbres o tradiciones no pueden prevalecer ni anteponerse a lo que es el principio de respeto a la dignidad de la persona y a los derechos fundamentales universalmente reconocidos y admitidos.

Todavía resulta más repudiable esta práctica cuando uno piensa que las afectadas son niñas, menores de edad, y los procesados, sus padres, es decir, aquellos sujetos llamados por antonomasia a preservar la dignidad, la integridad y garantizar el libre desarrollo de la personalidad (incluida la sexualidad), de sus hijas. Ello tristemente es así porque detrás de una serie de argumentos encaminados a la defensa de una serie de usos y costumbres tradicionales que son característicos de algunas culturas, entre los que se encuentra la MGF, lo que en realidad se esconde es el mantenimiento de la hegemonía del varón frente a la sumisión de las mujeres. No por casualidad, los conflictos culturales más llamativos suelen tener relación con el trato social que se profiere a éstas.

Desde mi punto de vista, no se puede elaborar una teoría del error de prohibición fundado en los factores culturales a los que pertenece el sujeto porque el respeto a las tradiciones y a las culturas ha de tener como límite infranqueable el respeto a los derechos humanos que actúan como mínimo común denominador exigible en todas las culturas, tradiciones y religiones. Con palabras de Bosch: “Sólo si aceptamos que existe una ética común para todos, y que los Derechos Humanos pueden ser su expresión más aceptada mundialmente, podremos construir en un mundo globalizado una sociedad con una cultura y tradición distinta, pero con unas mismas normas y principios morales que permitan su convivencia”. En definitiva, el respeto por los derechos humanos ha de servir de filtro entre lo tolerable y lo intolerable.

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