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Koldo reclama al Supremo suspender la sentencia antes de acudir al TC

(Foto: Efe).

TRIBUNALES

Efe | Miércoles 24 de junio de 2026

El exasesor Koldo García, condenado a 19 años y ocho meses de cárcel por mordidas en contratos de mascarillas, ha presentado un incidente de nulidad ante el Tribunal Supremo, un paso previo a acudir al Tribunal Constitucional, en el que reclama además suspender la sentencia del alto tribunal.

El exasesor del exministro de Transportes José Luis Ábalos ha presentado este miércoles el incidente de nulidad ante el Tribunal Supremo, en el que expone una serie de motivos por los que considera que la sentencia que le condena por delitos de organización criminal, cohecho, malversación y tráfico de influencias debe ser anulada por vulnerar derechos fundamentales como la presunción de inocencia.

Koldo García, que se encuentra en prisión desde noviembre de 2025, ha pedido que se suspenda la ejecución de la sentencia condenatoria mientras el Tribunal Supremo estudia el incidente de nulidad presentado, para evitar así que se pierda su finalidad, ante una condena que fija que el exasesor cumpla un máximo de 15 años en prisión.

En una sentencia dictada el pasado el lunes, el Tribunal Supremo ha condenado a 24 años y tres meses de cárcel al exministro de Transportes y exdirigente socialista José Luis Ábalos; a 19 años y ocho meses a su exasesor Koldo García y a 4 años y medio al comisionista Víctor de Aldama por mordidas en contratos de mascarillas en plena pandemia.

En el escrito presentado por su letrada, Leticia de la Hoz, el exasesor esgrime algunos argumentos que también empleó durante la instrucción, como alegar que existe una duplicidad entre el juicio de las mascarillas y las causas que todavía se investigan en la Audiencia Nacional, cuando un acusado no puede ser juzgado dos veces por los mismos hechos o que no ha podido ejercer plenamente el derecho de defensa al no poder acceder a los dispositivos incautados.

La defensa de Koldo García advierte de que la sentencia tiene como núcleo la declaración del comisionista Víctor de Aldama, que no entrará en la cárcel tras colaborar con la Justicia. Al respecto, el escrito considera que las declaraciones que restó no están suficientemente corroboradas externamente, pues no pueden estarlo únicamente por elementos relacionados con esta parte.

Como ejemplo, apuntan la sentencia no ve corroborada la entrega de la comisión que según Aldama habrían pedido Ábalos y Koldo García respecto al contrato de mascarillas y critica que se consideren corroboradas otras, basándose por ejemplo en un éxcel del propio comisionista.

Y apuntan que es "incompatible" con el derecho de defensa "otorgar credibilidad plena a un coimputado tan intensamente incentivado por su propia impunidad, denegando a la vez el careo y la prueba patrimonial que permitiría contrastarlo.

"El resultado es una condena cuyo máximo de cumplimiento se fija en quince años de prisión, asentada en su núcleo sobre la palabra de quien, habiendo sido el supuesto corruptor, ve rebajada en dos grados y suspendida su propia pena", sostiene el escrito.

La defensa alude además a la imposibilidad de que un tribunal superior revise la valoración de la prueba hecha por el Supremo, "al haberse enjuiciado la causa en única instancia" y no poderse recurrir por la vía ordinaria una sentencia firme, al tiempo que vulnerado el derecho a un juez imparcial, entre otros elementos.

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