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Miércoles 06 de octubre de 2010
El Tribunal Supremo ha ratificado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, desestimado el recurso interpuesto por la patronal de los constructores de Granada, y obligando a que abonen los atrasos salariales a los trabajadores del sector de la construcción en Granada durante los años 2009 y 2010.
Así, obliga a las empresas a pagar la subida que adeudan a unos 35.000 trabajadores. Se trata de un 3,5% de enero a diciembre de 2009 (2% de IPC previsto más un 1,5% de subida acordada entre las partes) respecto a las tablas salariales de 2008, y un aumento adicional de 1,5% a partir de 2010.
El Tribunal desestima los recursos de la Asociación de la Pequeña y Mediana Empresa de la Construcción y Obras Públicas (Asopymec) y de la Asociación de Constructores y Promotores de Edificios de Granada. En sus recursos argumentaban que puesto que el IPC real no fue del 2% (1,4%), y ya que no existía una previsión formal del IPC en los Presupuestos Generales del Estado, se aplicara sólo la subida del 1,5% acordada.
El Tribunal especifica al respecto en la sentencia que el "desfase que la revisión salarial provocada con relación al incremento del IPC no puede considerarse desorbitado y rompedor del equilibrio del convenio".
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