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Medidas contra la ruptura legal del secesionismo nacionalista

domingo 27 de enero de 2013, 09:11h
La declaración de soberanía aprobada recientemente por el parlamento catalán es un hecho sumamente grave. La abulia de Rajoy le impide verlo así, hasta el punto de haber optado por su línea habitual de acción: no hacer nada. A este respecto, se ha encargado un dictamen a la Abogacía del Estado -cuerpo al que pertenecen Soraya Sáenz de Santamaría, María Dolores de Cospedal y Miguel Arias Cañete, todos ellos miembros del Gobierno-. Está bien, aunque quizá habría bastado con echar un vistazo a la Constitución. El artículo 1.2 es claro: “La soberanía nacional reside en el pueblo español. Y el 2 dispone que “la Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la nación española, patria común e indivisible de todos los españoles”. De una u otra forma, la soberanía del conjunto de la ciudadanía es un principio que viene repitiéndose en el ordenamiento jurídico español desde hace dos siglos.

Con la declaración aprobada por los nacionalistas catalanes, el Parlament se arroga para sí la facultad de cercenar estos dos preceptos, estableciendo que la parte decida sobre todo el conjunto de la ciudadanía, quebrando los principios de soberanía y unidad y privando al resto de España de una de sus partes como es Cataluña. Cierto es que la iniciativa aún no ha producido efectos jurídicos, pero puede hacerlo, y la labor del Gobierno es evitar el mal antes de que se suceda. La política de hechos consumados puede costarle muy cara a un Mariano Rajoy que se borra cada vez que le viene mal dadas -llámese Barcenas o Cataluña-.

Por si queda alguna duda, el artículo 161.2 de la Constitución habilita al Gobierno para “impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas”. Mas y Junqueras ya ha anunciado que la declaración soberanista es sólo el primer paso en el camino hacia la secesión. ¿A qué espera Rajoy para tomar cartas en el asunto?
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