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EL RECURSO FUE PRESENTADO POR CIUDADANOS, PSC Y PPC

El Consejo catalán de Garantías considera inconstitucional la partida presupuestaria para el referéndum

El Consejo catalán de Garantías considera inconstitucional la partida presupuestaria para el referéndum
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(Foto: Efe)
viernes 03 de marzo de 2017, 12:14h
Actualizado el: 03/03/2017 21:54h
Organismo que cumple funciones equivalentes al TC.

El Consejo de Garantías Estatutarias ve contrario a la Constitución y al Estatuto de Autonomía la disposición de los Presupuestos de la Generalidad para 2017 dedicada al referéndum independentista, una decisión tomada de forma unánime según consta en el dictamen registrado en el Parlament.

El órgano consultivo de la Generalidad ha resuelto así el recurso presentado por Ciudadanos, PSC y PPC, y ahora el Govern deberá decidir si modifica el proyecto de presupuestos, aunque los dictámenes de este órgano independiente de la Generalidad no son de obligado cumplimiento. Si bien, el presidente catalán, Carles Puigdemont, mantiene que la decisión de este consejo de garantás "avala" la "partida económica" para llevar a cabo la consulta, que su gobierno "convocará".

"Es una buena noticia que la partida económica con el dinero reservado para hacer el referéndum esté absolutamente avalada", ha manifestado.

La portavoz de la Generalitat, la consellera Neus Munté, ya ha dicho solo conocer la noticia de que el Govern seguirá adelante con el "mandato" ciudadano de celebrar el referéndum en septiembre.

Según reza el dictamen de 34 páginas del Consejo de Garantías registrado esta mañana en el Parlament, "hemos de concluir que la disposición adicional trigésimo primera del Proyecto de ley de presupuestos de la Generalitat para el 2017 es contraria al artículo 149.1.32 de la Constitución Española, en relación con el orden de parto competencial, y al artículo 92 CE, en cuanto a su desarrollo orgánico".

"De la misma manera, tampoco tiene amparo en el artículo 122 del estatuto de Autonomía de Cataluña ni en sus artículos 211 y 212", añade el dictamen, en alusión a la partida prevista para celebrar el referéndum.

El Consejo de Garantías ha tomado esta decisión en base a que la regulación y autorización de un referéndum corresponde en exclusiva al Estado, "sin que la Generalidad disponga de margen de actuación normativa o ejecutiva más allá de la iniciativa de solicitud al Estado".

"La Generalidad no puede prever, ni que sea en forma condicional o potencial, disposiciones normativas en relación con competencias o facultades que no le son propias", añade el dictamen. Por contra, las partidas presupuestarias destinadas a procesos electorales y consultas populares y de participación ciudadana, así como el fondo de contingencia del proyecto de ley de presupuestos, "no son contrarios a las Constitución" y tienen "amparo en el Estatut", una decisión que también ha sido adoptada por la unanimidad de los miembros del Consejo de Garantías, en un dictamen cuyo ponente ha sido Àlex Bas, que en su día fue propuesto por CiU.

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