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AL PASO

Autonomía y coronavirus

Juan José Solozábal
martes 17 de marzo de 2020, 20:28h

Algunos prefieren insistir en las ventajas de las descentralización desde el punto de vista del resguardo de la identidad territorial; otros, sin negar esto, subrayamos una justificación más pedestre: la democracia del detalle, que es en lo que consiste nuestro sistema autonómico, incrementa las oportunidades de participación y es sin duda, por comparación, la forma de gobierno más eficiente y práctica. Por eso es el Estado autonómico es una medio particularmente adecuado para tratar las situaciones de crisis, en las que puede no bastar la actuación del gobierno central, y de las que se sale no aprovechando la ocasión para demandar la independencia o soñar, un tanto obscenamente, con ella, como ha hecho el Sr. Torra, sino aprovechando todas las capacidades, que son muchas, que la autonomía hace posible. Es obvio que el Estado no desaparece en la crisis, aunque el cantonalismo puede seducir a algunos, y los procedimientos de funcionamiento de la organización común puedan impacientar a otros. Por el contrario, la proximidad del poder público inmediato facilita la información para diseñar el plan general de medidas a tomar y asegura una respuesta pronta y eficiente en el tratamiento del problema.

La gravedad de la crisis sanitaria que padecemos justificaba su abordamiento por el Gobierno, de modo que se cubriese una actuación pública general y eficaz y a la vez suficiente en todo el territorio nacional. Piénsese que las medidas a adoptar han de ser muy graves y afectan a derechos fundamentales y bienes básicos de la comunidad, por lo que ha de operarse con el respaldo constitucional preciso. Como no puede ser de otro modo el recurso en esta situación es la declaración del estado de alarma, prevista en nuestra Norma Fundamental, y desarrollado en la legislación correspondiente.

La legitimidad constitucional de la actuación del Gobierno no ofrece duda alguna y se impone de modo meridiano a todas las autoridades del nivel territorial que sea. Nuestra Constitución como se sabe atribuye al Gobierno su declaración-y al Congreso, en su caso, la prórroga- como corresponde a un órgano que dispone de medios con que afrontar inmediatamente la dirección de la política (art. 97CE), en este caso la sanitaria. Sin duda, el Gobierno, también en el ámbito de la salud, a través de la Declaración de alarma, está en su papel de adoptar las decisiones fundamentales, además mediante una intervención primera y libre, en cuanto centro impulsor de la actividad política del Estado.

La actuación del Gobierno tiene que ver con la importancia material de las decisiones a tomar así como su eventual trascendencia constitucional. Aunque la crisis que se trata de afrontar no tiene origen político y las medidas a adoptar no suponen la suspensión de derechos fundamentales, de ellas puede resultar la afectación restrictiva de alguno, como ocurre con la libertad de circulación o, indudablemente, sucede lo mismo con el derecho de propiedad entendido como disposición exclusiva sobre los bienes de las personas.

Quiere esto decir que sobran, entonces, los mohines de contrariedad de algunos líderes autonómicos ante la toma de las riendas, demasiado tardía sin duda, del Gobierno de la Nación. Los poderes autonómicos no solo son derivados sino limitados y están encuadrados necesariamente en el sistema constitucional. Por lo demás estas competencias autonómicas en el ámbito de la sanidad en conjunto quedan reforzadas: la restricción de la coordinación a que se sujetan explícitamente las atribuciones sanitarias autonómicas, si esta exigencia no se dedujese implícitamente de la necesaria imbricación constitucional de la autonomía, también la referente al ámbito de la salud, queda compensada cuando en virtud de la delegación que prevé el decreto declarativo del estado de alarma, los consejeros autonómicos asumen facultades de gestión de la crisis también extraordinarias, tanto en un plano público como privado, y que le son atribuidas por la autoridad del Ministro de Sanidad mientras dure la situación de necesidad. Son los consejeros de sanidad sobre el terreno y con la cooperación y ayuda del Ministro de sanidad, también bajo su control, los que van a asegurar una mayor eficiencia de las medidas a adoptar.

Se confirma así un punto de vista que ya hemos ofrecido en otras ocasiones: al final el criterio de legitimación de los resultados vale y al Estado autonómico puede salvarle su capacidad para afrontar los riesgos y problemas que una forma política descentralizada y sobre el terreno lleva a cabo, y que el Estado centralista trata con instrumentos más toscos y menos apropiados. Por lo demás el Estado en esta ocasión, además de adoptar medidas imprescindibles en relación con el aislamiento social, pone a disposición del combate medios que solo él tiene y que garantizan globalmente las decisiones asistenciales tomadas sobre el terreno, hablemos de medidas sobre el transporte, la intervención de las fuerzas armadas o nos refiramos a la propia actuación del Estado en el plano internacional o en relación con las fronteras.

Juan José Solozábal

Catedrático

Juan José Solozabal es catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad Autónoma de Madrid.

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