Estima parcialmente tres de los motivos de inconstitucionalidad esgrimidos por el Partido Popular.
La primera ponencia de sentencia del
Tribunal Constitucional (TC) avala los aspectos principales de la
ley de amnistía, aunque no se pronuncia sobre el delito de malversación que afecta a
Carles Puigdemont, según publican varios medios de comunicación.
De esta forma, la ponencia elaborada por la vicepresidenta del TC, Inmaculada Montalbán, respalda la constitucionalidad de gran parte de la ley de amnistía, aunque estima parcialmente tres de los motivos de inconstitucionalidad esgrimidos por el PP, en su recurso presentado el pasado 9 de septiembre, sobre aspectos menores de norma.
Este recurso resolverá únicamente si la norma es o no constitucional pero no entrará en el ámbito de su aplicación, es decir, no abordará los casos concretos de Puigdemont, Junqueras y el resto de líderes independentistas a quienes no se les ha aplicado la amnistía por el delito de malversación.
La ponencia que avala el grueso de la ley de amnistía será estudiada en los próximos días por los diez magistrados del tribunal de garantías constitucionales de cara al pleno del 10 de junio, ya que el día 24 darán comienzo las deliberaciones e intervenciones para cerrar la cuestión, que pueden prolongarse varios días, previsiblemente hasta el 26 de junio.
La ley de amnistía cumple un año con muchos de sus objetivos políticos aún en la casilla de salida, dado que los principales líderes independentistas, como el expresident Carles Puigdemont, se han quedado -por el momento- fuera de la misma, a la espera de lo que resuelva en breve el Tribunal Constitucional.
El recurso del PP marcará la línea a seguir al resto de la treinta que se está tramitando simultáneamente en el tribunal, entre ellos, 16 autonómicos, 6 cuestiones de inconstitucionalidad y 9 amparos.
El del PP es el denominado "recurso de cabecera" por ser el que plantea más objeciones a la ley, pese a que fue posterior a otros, por ejemplo a la cuestión de inconstitucionalidad del Supremo.
¿Qué pasa con Puigdemont?
De salir adelante la propuesta de la vicepresidenta Montalbán, el aval de la amnistía en principio no despejaría la vuelta a España de Puigdemont, fugado del país desde 2017, porque lo que hace el TC es decir si la norma es o no constitucional, pero no entra en el ámbito de su aplicación ni aborda casos concretos.
Ni Puigdemont ni quien fuese su vicepresidente en el Govern, Oriol Junqueras, fueron beneficiados por el perdón porque el Tribunal Supremo consideró que la malversación que se les atribuye no tiene encaje en la amnistía al concurrir dos circunstancias que la ley dejó fuera de la medida de gracia: los implicados obtuvieron un beneficio personal al sufragar el referéndum con dinero público y eso afectó "potencialmente" a los intereses financieros de la UE.
Por tanto, la situación de los líderes independentistas no estaría afectada por la constitucionalidad de la norma sino por su aplicabilidad al caso en concreto, según explican otras fuentes jurídicas a EFE.
Es decir, a priori habrá que esperar a que el Constitucional aborde los recursos de amparo de cada implicado y en el caso de Puigdemont ni siquiera ha llegado al TC puesto que aún tiene pendiente de resolver un incidente de nulidad en el Supremo, requisito imprescindible para acudir a la corte de garantías.