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TRIBUNA

Schengen, Gibraltar, la ciudadanía y la soberanía

Juan Carlos Barros
martes 05 de agosto de 2025, 18:37h

Es patrimonio de la persona (física o jurídica, natural o ficticia, privada o pública) cuanto más humana el ser soberana. De esa manera en su replicación (de su atributo básico) en el ámbito europeo de libre circulación (Schengen) y en particular en Gibraltar, si de un “espacio” aún eufemístico se puede hablar para los ciudadanos (más los extraños pertinentemente habilitados), en tal caso el tratamiento más adecuado por equivalencia y desplazamiento (del tratado) consistiría en que no se impidiese el libre (tras)paso (de los derechos humanos).

Cuando hablamos de las personas en la Unión Europea sin añadir ninguna calificación ni referirnos a un mercado [lo que sonaría (alter)ado] el efecto logrado se lleva a cabo por la extensión del mismo molde (jig) hasta sus limites (incluidos los geográficos) debido a su misión y a su construcción.

Y aquellos productos así moldeados vienen también dados en cuanto afectan a cuestiones básicas (como la democracia) y si el marco del espacio del mercado del tratado está sujeto por las fronteras (del estado y por ende de la Unión) entonces ¿porqué ponerle un límite al abordarlo (el espacio liberado acondicionado) cuando tiene como objeto el ser soberano o ¿es que si el ser humano circula deja de serlo (soberano) y se transforma en (súb)dito cuando se somete al círculo?

Acaece lo mismo soberanía que ciudadanía (aún ella subalterna) en la Unión Europea, donde predicada como popular no se puede entender que en una relación que se restablezca por medio de la negociación con terceros, como sería el caso de Gibraltar, se admita que no cuente la soberanía.

Dice el Preámbulo de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea que “al instituir la ciudadanía (y crear simultáneamente un espacio de libertad, seguridad y justicia), sitúa a la persona en el centro de su actuación.

La soberanía en una unión supranacional, donde aquella (la soberanía) no se cedió por ser constitucional, se (re)presenta de manera concreta por medio de esa ciudadanía central, mostrándonos a la vez la limitación de una organización que en su aplicación se ha hecho (y sigue componiéndose) como las piezas de un puzzle jigsaw, que al funcionar marca una disfunción elemental debido a su modelo original.

Un jig-saw que conforma un mapa igualmente con sus (ex)miembros y donde el (des)concierto se manifiesta en la utilización de una maqueta que se (sobre)pone sobre la totalidad para cortar y después juntar por el jugador (ciudadano)soberano.

El acuerdo buscado entre la Union Europea y el Reino Unido sobre Gibraltar supone la última pieza del rompecabezas de la salida británica de la organización; sin embargo la perplejidad permanece acerca de la corrección de la descripción of a device to maintain mechanically the correct positional relationship between a piece of work and the tool.

It is agreed that she (the European Union as a mapmaker) mounted itself holding a piece of work and guiding the tool operating on it on a sheet of hardwood and cutting around the borders.

Sin embargo, sigue desconcertándonos la exposición por comparación de unos términos que si, en si, son homónimos se acaban cifrando cuando la respuesta a esa (con)fusion en el puzzle europeo radicaría precisamente en la eliminación de la distinción entre la ciudadanía y la soberanía; lo cual ahora vemos que se plasma al pretender someter un caso particular de libre circulación de personas a un doble cerrojo de soberanía y diferenciar en una negociación aspectos que siendo igual quedan, entre ellos, sin espacio de comunicación.

Juan Carlos Barros

Abogado, consultor europeo y periodista

JUAN CARLOS BARROS es abogado, consultor europeo y periodista

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