www.elimparcial.es
ic_facebookic_twitteric_google

ESPOSA DEL PRESIDENTE DEL GOBIERNO

Begoña Gómez se enfrentará a juicio con jurado popular por tráfico de influencias y malversación de fondos públicos

Begoña Gómez y Cristina Álvarez.
Ampliar
Begoña Gómez y Cristina Álvarez. (Foto: EFE)
EL IMPARCIAL/Efe
jueves 16 de julio de 2026, 13:32h
Actualizado el: 16/07/2026 16:23h
Los magistrados sostienen que utilizó su "privilegiada posición de esposa del presidente".

La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado que se continúe el procedimiento de juicio con jurado contra Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, por dos delitos, tráfico de influencias y malversación, sobreseyendo los otros dos por los que la acusaba el juez Juan Carlos Peinado.

En un auto difundido este jueves, los magistrados ordenan además que se continúe el procedimiento con jurado contra la asesora de Gómez, Cristina Álvarez, solo por un presunto delito de malversación de caudales públicos en relación con el software que se creó en la cátedra que codirigió Gómez. No obstante, el juez separa del procedimiento de jurado al empresario Juan Carlos Barrabés, contra el que seguirá la investigación en relación a la presunta adjudicación de contratos.

Los jueces rechazan que se juzgue a Begoña Gómez por corrupción en los negocios y apropiación indebida pero avalan que vaya a juicio con jurado por presunto tráfico de influencias y malversación, al apreciar en este sentido "indicios racionales de criminalidad".

"Parece perfectamente verosímil sostener (...) que la investigada logró el influjo desplegado desde su privilegiada posición de esposa del presidente del Gobierno, no solo para lograr la concesión de la cátedra (en la Universidad Complutense), sino para hacerlo de forma casi inmediata y sin verificar un mínimo control sobre la consistencia del proyecto propuesto, y que además recayera en ella la condición de directora, pese a no ser posible", sostienen los jueces.

Inciden en que en este momento procesal no se puede negar "con plena certeza" que, "atendido el modo y forma en que se verificó la solicitud y la inmediata concesión, se ejerció una presión moral suficiente como para mover la voluntad de la autoridad académica de la Universidad Complutense, obteniendo la decisión no solo de crear la cátedra sino de nombrarla directora".

Así se le permitió "sufragar con financiación pública el proyecto de desarrollo de una herramienta digital de medición que pretendía de uso y titularidad personal o privada", en referencia al software creado en el seno de la cátedra.

Sobre el delito de malversación el auto dice que Begoña Gómez sí tuvo la condición de funcionaria pública desde que asumió la codirección de la cátedra universitaria, asumiendo "funciones de protección del patrimonio público", y afirma que "dispuso de fondos públicos provenientes de empresas privadas para conseguir un beneficio particular".

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (1)    No(0)

+
0 comentarios