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LEY DE NIETOS

Solo 91 de 31.390 expedientes revisados por el Gobierno cumplen los requisitos del Supremo para poder votar

Solo 91 de 31.390 expedientes revisados por el Gobierno cumplen los requisitos del Supremo para poder votar
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(Foto: Efe)
sábado 24 de octubre de 2026, 11:25h
Actualizado el: 24/10/2026 11:54h
Solo el 0,3% de los expedientes acreditan ser verdaderos descendientes de exiliados del franquismo.

La Abogacía del Estado ha trasladado al Tribunal Supremo que tan solo 91 de los 31.390 expedientes revisados de la ley de nietos han recibido el certificado en el que acreditan ser descendientes de exiliados para poder votar el 29N.

El requerimiento fue exigido por el Alto Tribunal en sus autos de medidas cautelares los pasados 10 de septiembre y 12 de octubre, en los que suspendió provisionalmente el derecho al voto de los 163.020 nacionalizados acogidos a la ley de nietos, salvo que acrediten ser descendientes de españoles exiliados mediante certificado consular. 

El Supremo ha reclamado a los ministros de Presidencia, Justicia y Cortes, Félix Bolaños, y de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, la relación nominal de los afectados antes del 28 de octubre para garantizar la correcta actualización del censo electoral para las próximas elecciones, con percibimiento de multa e inhabilitación por desobediencia. 

A su vez, ha criticado que la Abogacía no revele las identidades de los nacionalizados, algo que es "incomprensible" después de transcurrido un mes y medio de la suspensión cautelar. 

"Esta relación nominal que, incomprensiblemente para esta Sala, no ha sido facilitada aún, es fundamental para la correcta conformación del Censo Electoral de referencia, pues solo de ese modo responde a los principios de transparencia y objetividad del proceso electoral", dice la Sala. 

El Supremo descarga la responsabilidad sobre el Ejecutivo ya que "la Administración conoce perfectamente, porque ha tramitado y resuelto estos expedientes, la identidad de todas estas personas" y sostiene que "no se acierta a adivinar cuáles puedan ser las razones por las que no se haya facilitado a esta Sala la relación nominal de los electores, máxime cuando hay un proceso electoral convocado".

"Estas personas pueden verse imposibilitadas finalmente del ejercicio de su derecho al voto por la propia inacción de la Administración", advierte. 

Además del requirimiento a los ministros, la Sala pide a la Oficina de Censo Electoral que una vez tenga el listado de la Administración, excluya a todos los nacionalizados por la ley de nietos que no cumplan con la acreditación de ascendencia exiliada, y se haga llegar ese listado actualizado a los consulados. 

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