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¿El sistema mayoritario para el bicentenario de la Nación Española?

Lourdes López Nieto
sábado 23 de enero de 2010, 17:07h
Las recientes elecciones celebradas para ocupar el escaño del senador Kennedy o la segunda vuelta de la elección presidencial de Chile, aunque de ámbito distinto, comparten algunos rasgos: en ambos casos se ha utilizado el sistema mayoritario y los resultados han mostrado que existe una alta competitividad entre las dos candidaturas. Dicho de otra forma, aunque el sistema electoral atribuye el cargo al que tiene más votos, la diferencia entre los dos candidatos ha sido pequeña y muestra una clara polarización entre los electores, tendencia que se viene manifestando desde comienzo de siglo.

Sin embargo, los dirigentes de las dos fuerzas políticas mayoritarias (izquierda y derecha independientemente de las denominaciones que utilicen candidatos o partidos) dedican mucha atención a captar al volátil electorado centrista, independiente o relativista, que se manifiesta en un escenario político competido y que es más decisivo cuando se utiliza una fórmula electoral proporcional. Por el contrario, los sistemas mayoritarios identifican de forma clara al ganador, al responsable político y así facilitan la toma de decisiones. La principal desventaja de esta segunda opción sería que el elegido representase solo a una parte de la sociedad. ¿Significa que se ignora a los electores que optaron por el candidato perdedor? Dependerá de muchos factores, pero si el elegido contribuye a mejorar un proyecto de reforma sanitaria, o en el caso chileno reduce la inseguridad, los beneficiarios serán para la mayoría de los ciudadanos.

En España las voces que defienden una reforma electoral que introduzca el sistema mayoritario cada vez son más numerosas y además proceden de ámbitos ideológicos diversos. Los argumentos a favor de esta reforma son variados, pero se pueden resumir en la necesidad de resolver el problema que se genera cuando el partido que ha obtenido más votos no gobierna. Esto ocurre en numerosos gobiernos locales y autonómicos o cuando el gobierno nacional ignora a la mitad del electorado cuando se apoya en minorías. Además se arguye que el sistema mayoritario permite la autonomía de los elegidos respecto a los partidos, dado el estricto control y supeditación de los representantes a los cárteles políticos, en lo que se han transformado los partidos en España.

Ambos tipos de hechos constituyen una de las patologías del sistema político español que ha crecido en los últimos años y que entre otras razones motiva la petición de reforma electoral. Esta situación tiene su origen en otra de las manifestaciones de los complejos de la derecha. Durante el debate constitucional, M. Fraga defendió el modelo de sistema político británico, incluido su sistema electoral mayoritario, pero no fue respaldado por la Unión de Centro Democrático, aunque esta formación y Alianza Popular, estuvieron en contra de constitucionalizar el sistema electoral. Finalmente los primeros cedieron a las propuestas de la izquierda que se concretó en los artículos 68 y 69 de la C.E. Meses después, cuando se celebraron las primeras elecciones municipales, tampoco cuestionaron que muchos de los primeros alcaldes democráticos pertenecieran a los partidos que obtuvieron el segundo o tercer lugar. Hay que recordar que UCD ganó por más de 600.000 votos al PSOE, mientras que los dos principales partidos de la izquierda, PSOE y PCE, forjaron desde entonces coaliciones electorales de gobierno.

Las elecciones locales son las únicas que al remitir la Constitución Española C.E. a una ley (art.140) permitiría introducir un nuevo sistema electoral, como el mayoritario a dos vueltas, sin necesidad de modificar el texto constitucional. Por el contrario, no se puede reformar ni el sistema electoral de las Cortes, ni el de los parlamentos autonómicos (art.152.1) sin modificar la C.E.

Por ello, otra opción sería incluir esta reforma electoral en una más amplia de la Constitución, como la relativa a la cuestión territorial, que también ha generado otra patología de enorme alcance, dado el creciente número de rasgos confederales del sistema político español. Sin embargo, este objetivo sería inalcanzable sin un gobierno de concentración nacional, con políticos de los dos grandes partidos y personalidades ajenas a los mismos, que actualizaran los principios y espíritu de la ejemplar Transición y que permitiría la continuidad de la Nación Española exactamente dos siglos después de su nacimiento. La modificación del sistema electoral, como la del título VIII de la C.E. , servirían para desmontar la actual cartelización de los partidos, lo que nos lleva a plantear : ¿Se harían el harakiri los políticos actuales como en 1976 los procuradores franquistas? Sería posible si se fraguara un acuerdo en la sociedad, que además se comprometiera a exigir transparencia y a controlar el sector público.
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