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Gallardón y la privacidad de la basura

domingo 25 de julio de 2010, 10:02h
Pagamos impuestos; en base a ello, tenemos derecho a que las autoridades presten una serie de servicios públicos elementales. Lo anterior no es sólo una máxima de sentido común, sino que puede encontrarse en cualquier manual de Hacienda Pública. En cambio, sería más difícil encontrar la posibilidad de sancionar a una comunidad de vecinos entera por el mero hecho de que uno de sus integrantes no separe bien los desperdicios domésticos. O la de habilitar a un cuerpo especial de funcionarios que inspeccione algo tan privado como la basura para, en caso de no reciclar como es debido, sancionar. O la obligación, también con una sanción económica aparejada, de limpiar porciones de acera -¿Para qué, entonces, un servicio municipal de limpieza?-. Semejante cúmulo de despropósitos formaban parte del articulado de la Ordenanza de Limpieza de Espacios Públicos y Gestión de Residuos del Ayuntamiento de Madrid. Por fortuna el Tribunal Superior de Justicia de Madrid -TSJM- los ha anulado.


No podía ser de otra manera. Cuando se dio a conocer el anteproyecto en la sede del consistorio madrileño, muchas fueron las voces -algunas desde la calle Génova- que pidieron a Gallardón que recapacitase. Hurgar en la basura para dar con algún motivo de sanción no parece una forma de proceder acorde a derecho, como así ha dictaminado el TSJM. Tampoco el destinar recursos humanos, técnicos y financieros sólo para comprobar qué tira cada uno al cubo de desperdicios. El consistorio madrileño tiene cosas bastante más importantes que hacer, como por ejemplo reducir su exorbitante deuda -la más alta de España-, que revolver los detritus de sus ciudadanos.

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