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en caso de ser admitida a trámite, la resolución catalana sería suspendida

El TC recibe la impugnación del Gobierno a la declaración soberanista de Cataluña

viernes 08 de marzo de 2013, 16:53h
El Tribunal Constitucional ha recibido a primera hora de la tarde la impugnación del Gobierno español de la declaración que aprobó el Parlamento de Cataluña el pasado enero y que prevé una consulta popular sobre la autodeterminación de esta región.
Este viernes, el Tribunal Constitucional ha recibido la impugnación del Gobierno de la declaración soberanista aprobada por el Parlamento de Cataluña en enero. La fórmula utilizada por el Ejecutivo es la de una impugnación debido a que la declaración del Parlamento de Cataluña no tiene rango de ley, han explicado a EFE fuentes jurídicas del alto tribunal, que afirman que previsiblemente sea estudiado durante el mes de abril.

En caso de ser admitida a trámite la impugnación del Ejecutivo, la resolución catalana sería suspendida provisionalmente, según las mismas fuentes.

Estas fuentes no han podido asegurar que la iniciativa del Gobierno vaya a ser estudiada en el Pleno del Tribunal Constitucional que tendrá lugar la próxima semana.

En su reunión del pasado 1 de marzo, el Consejo de Ministros acordó impugnar ante el Tribunal Constitucional dicha declaración, que define a Cataluña como "un sujeto político y jurídico soberano", después de recibir un dictámen en ese sentido del Consejo de Estado, un órgano consultivo no vinculante.

En su informe, el Consejo de Estado aprecia motivos de "posible inconstitucionalidad" en la declaración de soberanía y del derecho a decidir aprobados por el Parlamento de Cataluña y estima que existen "fundamentos jurídicos suficientes" para su impugnación ante el Tribunal Constitucional. El dictamen de este órgano consultivo fue solicitado por el Gobierno el 8 de febrero con carácter urgente y emitido 20 días más tarde y se unió a otro informe de la Abogacía del Estado también favorable a la impugnación.

El Consejo de Estado ha entendido, por mayoría, que el Parlamento de una comunidad autónoma no tiene capacidad para atribuir soberanía a la propia comunidad y recordaba que según el artículo 1.2 de la Constitución "la soberanía nacional reside en el pueblo español del que emanan todos los poderes del Estado".

Por ello, el informe subraya que asignar la soberanía "a otra instancia como es una comunidad autónoma por parte de sus órganos propios, sólo puede reputarse contraria a la Constitución".

El Consejo no comparte que la resolución del Parlamento catalán acordase iniciar "el proceso para hacer efectivo el derecho a decidir" con el "desentendimiento" del ordenamiento jurídico del Estado y proclamase la soberanía como "una realidad actual y efectiva".

Recuerda que para avalar esa "realidad", la Generalidad creó el 12 de febrero un órgano de apoyo al Gobierno y al impulso de la consulta denominado Consell Assessor para la Transición Nacional. En este marco, el informe aprecia en la resolución catalana "un apartamiento de las reglas constitucionales" que no es compatible ni con los artículos 1.2 y 2 de la Constitución, que establecen que la soberanía nacional reside en el pueblo español, ni con el artículo 168, que determina la necesidad de que las Cortes aprueben por mayoría de dos tercios cualquier modificación de la Carta Magna.

El dictamen ha contado con dos votos particulares de los consejeros permanentes del Estado Fernando Ledesma y Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón. Según Ledesma, la resolución no es idónea para su impugnación "por la vía elegida" ya que "no altera, ni transforma, ni modifica la situación legal existente en la fecha de su aprobación" y "su eficacia queda limitada al propósito, de naturaleza claramente política, de fijar un objetivo final político de contenido incierto".

El voto de Herrero y Rodríguez de Miñón también coincide en que no procede impugnar la resolución ya que tiene como finalidad "el mero pronunciamiento". "No pretende tanto organizar instituciones o regular conductas como proclamar una convicción e incluso un sentimiento".
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